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Medio Ambiente y Meteorología

🌿✅ Vía libre ambiental al complejo de turismo rural y pesca deportiva en el embalse de Orellana 🎣🦅

Fecha: 08/10/2026
La Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal formula una declaración de impacto ambiental favorable para diez casas rurales y un pantalán de pesca en Navalvillar de Pela (Badajoz), en plena ZEPA, ZEC y humedal Ramsar del embalse de Orellana, con estrictas condiciones para proteger las encinas, compensar la corta de arbolado y ordenar la gestión del agua.

⚡ EN 1 MINUTO

✅ Lo que pasó: La Junta de Extremadura declara ambientalmente viable un complejo de diez casas rurales y un pantalán de pesca en Navalvillar de Pela.

👥 A quién afecta: Al municipio pacense y su comarca, al sector turístico y a los espacios protegidos Red Natura 2000 y Ramsar del entorno.

📅 Cuándo ocurre: La resolución se firmó el 28 de septiembre de 2026 y abre ya la puerta a la tramitación de las obras.



📌 ¿Qué ha pasado?

La Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal ha formulado una declaración de impacto ambiental favorable al proyecto de alojamiento de turismo rural proyectado en la parcela 171 del polígono 19 del término municipal de Navalvillar de Pela (Badajoz). Se trata de un conjunto de diez casas rurales prefabricadas de uso turístico, orientadas especialmente a la pesca deportiva, junto a un pantalán para el atraque de embarcaciones en la orilla del embalse de Orellana.

El expediente, tramitado con el código IA24/1806, concluye que el proyecto no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000 siempre que se cumpla un detallado paquete de medidas preventivas, correctoras y compensatorias. La resolución, además, despliega los efectos de la calificación rústica, fija un canon del 2% sobre la inversión y establece una eficacia temporal de cien años salvo caducidad.



🔍 ¿Por qué ha ocurrido esto?

🔹 La ubicación en un espacio altamente protegido: El proyecto se asienta en plena Zona de Especial Protección para las Aves y Zona de Especial Conservación Embalse de Orellana y Sierra de Pela, un humedal de importancia internacional del Convenio Ramsar, lo que obliga a someter la actuación a evaluación de impacto ambiental ordinaria.

🔹 El rediseño en favor del arbolado: La empresa promotora renunció a sus planteamientos iniciales y adoptó una tercera alternativa que conserva íntegramente las encinas existentes, evita talas y adapta los viales y las edificaciones a la topografía y a la vegetación del terreno.

🔹 Los informes sectoriales: Los servicios de conservación de la naturaleza, forestal, de incendios, de patrimonio y de urbanismo, así como la Confederación Hidrográfica del Guadiana, condicionaron su visto bueno al cumplimiento de exigencias concretas.



👥 ¿En qué te afecta a ti?

Si resides en Navalvillar de Pela o en la comarca: El proyecto puede dinamizar la economía local, generar empleo vinculado al turismo y reforzar la actividad de la pesca deportiva en el embalse de Orellana.

Si eres pescador, turista o usuario del embalse: El futuro pantalán facilitará el atraque de embarcaciones y el acceso navegable, aunque su instalación exigirá la autorización previa del organismo de cuenca.

Si te preocupa el medio ambiente: El promotor deberá compensar la corta de 24 encinas jóvenes, emplear solo especies autóctonas, evitar herbicidas y gestionar las aguas residuales mediante fosas sépticas estancas.



📊 Los datos clave

Dato / ConceptoDetalle
Fecha de la resolución28 de septiembre de 2026
ExpedienteIA24/1806
UbicaciónParcela 171, polígono 19, Navalvillar de Pela (Badajoz)
Espacios protegidosZEPA y ZEC Embalse de Orellana y Sierra de Pela; humedal Ramsar
Superficie de la parcela21,57 ha (11,53 ha vinculadas)
Alojamientos10 casas rurales prefabricadas
Ocupación / superficie construida3.440 m² / 841 m²
Canon de la calificación rústica2% de la inversión
Eficacia temporal100 años
Plazo para iniciar las obras4 años desde su publicación
Compensación forestal24 encinas taladas; 37 plantas de reposición; 1.561,68 €


📅 Cronología

AñoMesResumen
1980FebreroSe inscribe una concesión de aguas superficiales (n.º 90378) para riego en la parcela, con un titular distinto al promotor.
2024Sin determinarSe inicia la tramitación del expediente de evaluación ambiental ordinaria IA24/1806.
2025FebreroLa información pública del estudio de impacto ambiental se publica en el DOE y no recibe alegaciones.
2026AbrilEl Ayuntamiento traslada la documentación actualizada, incluida la nueva versión del estudio de impacto ambiental.
2026MayoLa Dirección General de Urbanismo emite informe urbanístico favorable sobre el uso autorizable.
2026JunioSe emiten la cédula urbanística municipal y el informe de conservación de la naturaleza sobre el hábitat y las encinas.
2026JulioSe constata in situ el estado fitosanitario deficiente de la reforestación de encinas.
2026SeptiembreLa Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal firma la declaración de impacto ambiental (28 de septiembre).
2026OctubreLa resolución se publica en el Diario Oficial de Extremadura y despliega los efectos de la calificación rústica.


🧠 El contexto: Lo que hay que saber para no perderse

El embalse de Orellana es uno de los grandes humedales del suroeste peninsular y forma parte de la Red Natura 2000 y del listado Ramsar, por lo que cualquier intervención en su entorno pasa por filtros ambientales muy rigurosos. El proyecto se enmarca en la práctica habitual de la Junta de Extremadura de resolver por la vía de la declaración de impacto ambiental los usos autorizables en suelo rústico, una fórmula ya aplicada a otros proyectos recientes en la comunidad en los que se fijan cánones sobre la inversión y periodos de eficacia concretos.

La compensación por la corta de arbolado y la obligación de preservar un radio libre de obras alrededor de las encinas son condiciones recurrentes en las resoluciones ambientales extremeñas, donde se exige reponer los pies eliminados y mantener franjas de vegetación natural para no romper la conectividad ecológica del territorio.



🔮 ¿Qué va a pasar ahora?

Con la declaración de impacto ambiental favorable, la empresa promotora deberá ahora solicitar a la Confederación Hidrográfica del Guadiana la autorización previa para actuar en la zona de policía del embalse, el cambio de titularidad del derecho de agua y la modificación de la concesión para incluir el uso doméstico, ya que el título actual está adscrito a riego. También tendrá que aprobar una Memoria Técnica de Prevención por tratarse de un lugar vulnerable frente a incendios y designar un coordinador ambiental para el seguimiento.

Una vez publicada la resolución en el Diario Oficial de Extremadura, el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela podrá someter el proyecto al procedimiento de control municipal mediante licencia o comunicación previa. La declaración perderá su vigencia si no se inicia la ejecución en un plazo de cuatro años, y los efectos de la calificación rústica caducarán si las obras no arrancan en dos años, por lo que los próximos meses serán decisivos para el calendario del proyecto.

Aviso de generación: Contenido elaborado automáticamente mediante Inteligencia Artificial (IA) a partir de datos públicos oficiales. La IA puede cometer errores o imprecisiones, por lo que se recomienda consultar las fuentes oficiales originales a continuación:

📌Fuentes consultadas (4)

DOE (Comunidad de Extremadura)
194-2026062500 RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2026, de la de Dirección General Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula declaración de impacto ambiental relativa al proyecto de implantación de alojamiento de turismo rural, en el término municipal de Navalvillar de Pela (Badajoz). Expediente: IA24/1806.
Fecha: 07/10/2026
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DOE (Comunidad de Extremadura)
83-2025061730 RESOLUCIÓN de 15 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental sobre la modificación del proyecto de planta de biomasa de 49,9 MWe, cuya promotora es Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU. Expte.: IA20/0492.
Fecha: 02/05/2025
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FRAGMENTO APORTADO: "'El importe del canon a satisfacer será un mínimo del 1% del importe total de la inversión realizada en la ejecución, que será provisional hasta que se finalice la obra y será definitivo con la liquidación de las mismas.' Dato empleado para contextualizar el tipo de canon (2%) fijado en la calificación rústica de Navalvillar de Pela dentro de la práctica habitual de otras resoluciones de la Junta de Extremadura."
DOE (Comunidad de Extremadura)
245-2024064040 RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de plantación de almendros y transformación a regadío en una superficie de 59,65 hectáreas, en las parcelas 6 y 222 del polígono 4, del término municipal de Quintana de la Serena (Badajoz). Expte.: IA21/1613.
Fecha: 19/12/2024
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FRAGMENTO APORTADO: "'se debe respetar un radio de 8 m al tronco de los pies adultos existentes de estas especies libre de la plantación... para posibilitar su desarrollo y la no existencia de interferencias'. Referencia a la protección del arbolado autóctono y a las medidas de preservación de encinas que son condiciones recurrentes en las declaraciones ambientales extremeñas."
DOE (Comunidad de Extremadura)
245-2024064041 RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de cambio de uso de terreno forestal a agrícola para plantación de olivar de secano sobre 29,4161 ha en la finca "Rabogato", ubicado en el término municipal de Ribera del Fresno, promovido por Pedro González Fernández. Expte.: IA22/1298.
Fecha: 19/12/2024
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FRAGMENTO APORTADO: "'Se deberá dejar una linde de vegetación natural para así favorecer la presencia de especies esteparias protegidas... en ningún caso las actuaciones deben afectar a la vegetación ribereña de arroyos y vaguadas'. Antecedente sobre la obligación de mantener franjas de vegetación y compensar pérdidas de arbolado en evaluaciones ambientales de la región."

📍LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA

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