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Lo que pasó: 📄 El Ayuntamiento aprueba y expone el padrón del mercado del cuarto trimestre de 2026.
A quién afecta: 👥 Vendedores no sedentarios y titulares de puestos del mercado municipal.
Cuándo cambia/ocurre: 📆 Cobro voluntario del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2026.
El Ayuntamiento de Tavernes Blanques ha aprobado el padrón fiscal y las liquidaciones de la tasa del mercado por venta no sedentaria correspondiente al cuarto trimestre de 2026. La resolución de alcaldía que dio luz verde al documento se firmó el 15 de septiembre y el edicto con la notificación colectiva se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia el 2 de octubre, ya con el trimestre en marcha.
Con ese anuncio arranca el plazo de cobro en voluntaria, que se extiende del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2026. El padrón permanece expuesto al público durante quince días en las oficinas municipales y en la página web del consistorio, y contra su aprobación o contra las liquidaciones incluidas cabe interponer recurso de reposición antes de acudir a la vía contencioso-administrativa.
🔹 Causa 1: Se trata de un trámite periódico y obligatorio. La tasa del mercado por venta no sedentaria se liquida cada trimestre, de modo que el consistorio debe aprobar el padrón y notificarlo colectivamente a los contribuyentes para poder cobrarlo.
🔹 Causa 2: La publicación del edicto cumple lo dispuesto en la Ley General Tributaria y en el Reglamento General de Recaudación, que exigen dar conocimiento general del padrón antes de abrir el periodo de ingreso.
🔹 Causa 3: El calendario se mantiene estable respecto a ejercicios anteriores: el cuarto trimestre siempre se cobra entre octubre y diciembre, con el cargo domiciliado en la primera quincena de noviembre.
🔹 Causa 4: La recaudación de esta tasa sostiene el funcionamiento y el mantenimiento del mercado municipal y de la actividad de venta ambulante autorizada en el municipio.
Si eres vendedor no sedentario o titular de un puesto: 🛒 Estás obligado al pago de la liquidación del cuarto trimestre. Puedes abonarla directamente en las entidades colaboradoras (CaixaBank, Cajamar y Banco de Sabadell) entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2026.
Si tienes el recibo domiciliado: 🏦 No tienes que hacer nada: el cargo se realizará entre el 10 y el 20 de noviembre, o el inmediato día hábil posterior. Conviene revisar el extracto para comprobar que el importe se ha cargado correctamente.
Si no estás de acuerdo con la liquidación: ⚖️ Dispones de un mes, contado desde el día siguiente al final de la exposición pública, para presentar un recurso de reposición ante la alcaldía antes de ir a los tribunales.
Las cifras y fechas esenciales del padrón ahora en exposición:
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Aprobación del padrón | Resolución de alcaldía de 15 de septiembre de 2026 |
| Publicación del edicto | 2 de octubre de 2026 en el Boletín Oficial de la Provincia |
| Periodo de cobro voluntario | Del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2026 |
| Cargo de recibos domiciliados | Entre el 10 y el 20 de noviembre de 2026 |
| Exposición pública | 15 días desde la publicación del edicto |
| Plazo de recurso de reposición | 1 mes desde el fin de la exposición pública |
| Entidades colaboradoras | CaixaBank, Cajamar y Banco de Sabadell |
| Última referencia económica conocida | 3.357,90 € y 34 liquidaciones (tercer trimestre de 2024) |
Así ha evolucionado la gestión trimestral de esta tasa en los últimos ejercicios:
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 2023 | Enero | Primer trimestre de 2023: padrón de 3.843,00 € con 41 liquidaciones. |
| 2023 | Mayo | Segundo trimestre de 2023: 3.843,00 € y 41 liquidaciones. |
| 2023 | Julio | Tercer trimestre de 2023: 3.999,45 € y 41 liquidaciones. |
| 2023 | Octubre | Cuarto trimestre de 2023: 3.591,00 € y 39 liquidaciones. |
| 2024 | Enero | Primer trimestre de 2024: 3.427,20 € y 37 liquidaciones. |
| 2024 | Abril | Segundo trimestre de 2024: 3.603,60 € y 36 liquidaciones. |
| 2024 | Julio | Tercer trimestre de 2024: 3.357,90 € y 34 liquidaciones, con 15 días de exposición. |
| 2024 | Diciembre | Primer trimestre de 2025: aprobado con 20 días de exposición pública. |
| 2025 | Julio | Tercer trimestre de 2025: exposición pública ampliada a 20 días. |
| 2025 | Noviembre | Cuarto trimestre de 2025: cobro del 1 de octubre al 31 de diciembre y cargo domiciliado entre el 10 y el 20 de noviembre. |
| 2026 | Febrero | Primer trimestre de 2026: padrón aprobado a principios de mes, con cobro de enero a marzo. |
| 2026 | Marzo | Segundo trimestre de 2026: padrón aprobado el 24 de marzo y cobro de abril a junio. |
| 2026 | Agosto | Tercer trimestre de 2026: padrón aprobado en junio y publicitado en agosto, con cobro de julio a septiembre. |
| 2026 | Septiembre | Resolución de alcaldía de 15 de septiembre que aprueba el padrón del cuarto trimestre. |
| 2026 | Octubre | Publicación del edicto el 2 de octubre e inicio del plazo de cobro voluntario. |
La tasa del mercado por venta no sedentaria es el tributo municipal que pagan las personas que ejercen la venta ambulante o no sedentaria en el término municipal, generalmente en los días de mercado. Su gestión es trimestral: cada tres meses el ayuntamiento aprueba un padrón con las liquidaciones, lo publica como notificación colectiva y abre un plazo de ingreso en voluntaria.
El procedimiento se repite con notable regularidad desde hace años, con un patrón de fechas muy similar: el cobro del cuarto trimestre siempre se fija entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre y el cargo domiciliado, entre el 10 y el 20 de noviembre. La novedad de cada edicto está, sobre todo, en el número de liquidaciones y en el importe global, que en los últimos ejercicios se ha movido en el entorno de los 3.400 a 4.000 euros por trimestre con entre 34 y 41 recibos.
Con el edicto ya publicado, el calendario inmediato es el siguiente. Durante quince días desde el 2 de octubre el padrón estará a disposición de los interesados en las oficinas municipales y en la web del ayuntamiento, para que puedan examinarlo y presentar alegaciones. Después, entre el 10 y el 20 de noviembre se ejecutará el cargo de los recibos domiciliados.
El plazo de cobro voluntario se cierra el 31 de diciembre de 2026. A partir de ese momento, quien no haya pagado entrará en periodo ejecutivo y se le exigirán recargos, intereses de demora y, en su caso, las costas del procedimiento de apremio. En paralelo, el consistorio seguirá aplicando el mismo esquema a otras tasas locales, con el padrón de residuos sólidos urbanos de 2026 ya en cobro entre el 1 de octubre y el 1 de diciembre.
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