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Lo que pasó: 🏗️ Segovia abre información pública para ampliar una vivienda en la calle Gascos 21.
A quién afecta: 🏘️ A la propiedad solicitante, a los vecinos y titulares de fincas del entorno y a cualquier persona interesada en el expediente.
Cuándo cambia/ocurre: 📅 El plazo es de veinte días hábiles y se cuenta desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Castilla y León.
El Ayuntamiento de Segovia ha sometido a información pública la solicitud de autorización de uso provisional de suelo urbano no consolidado y de licencia para construir una nueva planta adosada a la fachada posterior de una vivienda unifamiliar ya existente en la calle Gascos número 21. El trámite se tramita bajo la referencia de expediente 6/2019/P31002 y afecta a la finca con referencia catastral 6242016VL0363N0001IY. 📋
El procedimiento se ampara en el artículo 307.3 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, que obliga a abrir un periodo de exposición pública antes de resolver. Durante veinte días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Castilla y León, cualquier persona afectada puede examinar la documentación y presentar las alegaciones que considere oportunas. 🔍
🔹 Causa 1: El inmueble se sitúa sobre suelo clasificado como urbano no consolidado, una categoría en la que la normativa autonómica exige una autorización específica de uso provisional antes de conceder la licencia de obras.
🔹 Causa 2: La ampliación proyectada —una planta añadida en la parte trasera del edificio— no está amparada directamente por la ordenación detallada vigente, de modo que necesita un pronunciamiento singular y motivado del Ayuntamiento.
🔹 Causa 3: La ley obliga a escuchar antes a quienes puedan verse perjudicados: la apertura del trámite de información pública es un requisito legal previo e inexcusable para poder resolver el expediente.
🔹 Causa 4: La propia referencia del expediente (6/2019/P31002) apunta a un asunto abierto hace años, lo que sugiere que la tramitación ha ido acumulando trámites urbanísticos y técnicos hasta llegar a esta fase. ⏳
Si eres la propiedad solicitante: 🏠 Necesitas que el plazo transcurra sin incidencias y que las eventuales alegaciones no obliguen a rehacer el proyecto. Solo después podrás obtener la autorización de uso provisional y la licencia de obra.
Si eres vecino o propietario colindante: 🧱 Puedes revisar la documentación en el Tablón de Edictos de la Sede Municipal y alegar si la nueva planta te afecta en cuestiones como vistas, luces, servidumbres, volumen del edificio o condiciones de habitabilidad.
Si eres un particular o un colectivo interesado en el urbanismo de la ciudad: 🗂️ Tienes derecho a consultar el expediente y a trasladar tus observaciones por los cauces habilitados, aunque no seas titular directo de una finca afectada.
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Expediente | 6/2019/P31002 |
| Dirección | Calle Gascos n.º 21, Segovia |
| Referencia catastral | 6242016VL0363N0001IY |
| Actuación | Nueva planta adosada a la fachada posterior |
| Norma aplicable | Artículo 307.3 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León |
| Fecha del anuncio | 2 de septiembre de 2026 |
| Plazo de alegaciones | 20 días hábiles desde el día siguiente a su publicación en el BOCyL |
| Consulta de la documentación | Tablón de Edictos de la Sede Municipal (sede.segovia.es) |
| Órgano que tramita | Ayuntamiento de Segovia |
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 2019 | Sin determinar | Queda registrado el expediente municipal 6/2019/P31002 vinculado a la vivienda de la calle Gascos 21. |
| 2026 | Septiembre | El Ayuntamiento fecha el anuncio el día 2 y lo publica en el Boletín Oficial de Castilla y León, abriendo el periodo de información pública. |
| 2026 | Septiembre | Comienza el cómputo de los veinte días hábiles para consultar el expediente y presentar alegaciones. |
| 2026 | Octubre (previsto) | Finaliza el plazo de alegaciones, que serán valoradas antes de resolver sobre la autorización y la licencia. |
El Reglamento de Urbanismo de Castilla y León regula en su artículo 307 un mecanismo excepcional: las autorizaciones de uso provisional permiten actividades u obras concretas en suelos aún pendientes de ordenación definitiva. Son permisos precarios, pensados para no consolidar situaciones contrarias al planeamiento futuro. 🧭
La calle Gascos se ubica en el casco antiguo de Segovia, un ámbito urbano denso y de especial sensibilidad patrimonial, donde cualquier intervención sobre fachadas y volúmenes suele generar un escrutinio vecinal y técnico más intenso de lo habitual. 🏛️
La información pública no es un simple trámite formal: es el momento en el que los afectados pueden dejar constancia por escrito de sus reparos y obligar a la Administración a pronunciarse expresamente sobre ellos antes de decidir. ✍️
Los interesados disponen de veinte días hábiles, desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Castilla y León, para examinar la documentación en el Tablón de Edictos de la Sede Municipal y presentar alegaciones. 📆
Agotado el plazo, los servicios técnicos y jurídicos municipales analizarán las aportaciones recibidas y elevarán la propuesta correspondiente. La resolución final sobre la autorización de uso provisional y la licencia de obra llegará después, y podrá incorporar condiciones o correcciones al proyecto. 🔎
Conviene recordar que, por su propia naturaleza, este tipo de autorizaciones son temporales: quedan sin efecto cuando se apruebe definitivamente la ordenación urbanística del ámbito o cuando esta se ejecute, momento en el que las obras deberán ajustarse a lo previsto en el planeamiento. ⏱️
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