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Lo que pasó: 🏛️ El Pleno aprobó inicialmente el reglamento de la bolsa de voluntariado municipal.
A quién afecta: 👥 A entidades sociales, personas voluntarias y vecinos del área de Bienestar Social y Mayores.
Cuándo cambia/ocurre: 📅 El plazo de alegaciones se abre con la publicación en el BOCM del 2 de octubre de 2026.
El Pleno del Ayuntamiento de San Fernando de Henares aprobó inicialmente, en su sesión del 17 de septiembre de 2026, el reglamento que regirá el funcionamiento de la bolsa de voluntariado adscrita a la Concejalía de Bienestar Social y Mayores. El acuerdo se hizo público mediante el anuncio correspondiente en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) del 2 de octubre, que activa formalmente el trámite de exposición pública.
Desde ese momento, y por un periodo de treinta días hábiles, cualquier persona o entidad interesada puede consultar el texto íntegro y presentar alegaciones. 🖊️ El reglamento quedará publicado en la página web municipal y en el tablón de anuncios, y las reclamaciones deberán dirigirse al Registro General del Ayuntamiento, que las elevará al Pleno para su resolución.
🔹 Causa 1: La necesidad de dotar de un marco normativo estable y claro a la labor voluntaria que ya se presta en el ámbito de Bienestar Social y Mayores, un área con creciente demanda de apoyo comunitario.
🔹 Causa 2: El cumplimiento del procedimiento legalmente establecido. El artículo 133.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común, obliga a habilitar un plazo de alegaciones antes de la aprobación definitiva de este tipo de normas.
🔹 Causa 3: La voluntad municipal de reforzar la transparencia y la participación ciudadana, dando voz a vecinos y entidades antes de cerrar el texto que regulará la bolsa de voluntariado.
Si eres voluntario o perteneces a una entidad social: 🤲 Este reglamento definirá cómo se organiza, se accede y se coordina la bolsa de voluntariado, por lo que puedes presentar alegaciones para mejorar las condiciones o el funcionamiento previsto.
Si eres vecino del municipio: 🏘️ El texto busca ordenar el apoyo a personas mayores y colectivos vulnerables, así que su contenido puede traducirse en mejores servicios y en una red de voluntariado más eficaz.
Si trabajas en el área de Bienestar Social y Mayores: 🧑💼 El nuevo marco clarificará funciones, responsabilidades y la relación entre el personal municipal y las personas voluntarias.
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Aprobación inicial | 17 de septiembre de 2026 |
| Publicación en BOCM | 2 de octubre de 2026 |
| Plazo de alegaciones | 30 días hábiles |
| Órgano que resuelve | Pleno del Ayuntamiento |
| Lugar de presentación | Registro General del Ayuntamiento |
| Área responsable | Bienestar Social y Mayores |
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 2020 | Octubre | El Pleno aprueba la modificación del Reglamento Orgánico Municipal para regular las sesiones telemáticas. |
| 2022 | Noviembre | El Pleno aprueba inicialmente la modificación del reglamento del Consejo de Cooperación al Desarrollo. |
| 2023 | Julio | El Pleno aprueba la modificación del Reglamento Orgánico Municipal sobre dedicación parcial y Grupo Mixto. |
| 2026 | Septiembre | El Pleno aprueba inicialmente el reglamento de la bolsa de voluntariado. |
| 2026 | Octubre | Se publica el anuncio en el BOCM y arranca el plazo de treinta días hábiles para alegaciones. |
San Fernando de Henares cuenta con una larga tradición de aprobación y modificación de reglamentos municipales sometidos a exposición pública. En los últimos años, el Ayuntamiento ha tramitado así cambios en su Reglamento Orgánico Municipal y en el reglamento del Consejo de Cooperación al Desarrollo, siempre con un plazo de treinta días hábiles de alegaciones ante el Registro General y con el Pleno como órgano resolutorio. 🗂️ El nuevo reglamento del voluntariado sigue exactamente ese mismo patrón administrativo.
Durante las próximas semanas, el Ayuntamiento mantendrá abierto el plazo para que cualquier interesado consulte el texto íntegro y presente sus alegaciones. 🕒 Una vez transcurridos los treinta días hábiles desde la publicación en el BOCM, el Pleno analizará las reclamaciones recibidas y resolverá su estimación o desestimación, dando lugar a la aprobación definitiva del reglamento. A partir de entonces, la norma entrará en vigor y la bolsa de voluntariado contará con un marco de funcionamiento plenamente consolidado.
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