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Lo que pasó: 🏙️ Pozuelo rectifica el anuncio del estudio de zonas inundables del Arroyo Pozuelo y lo remite al BOCM en lugar del BOE.
A quién afecta: 👥 A los propietarios de las parcelas afectadas, a la promotora del plan parcial y a los organismos sectoriales implicados.
Cuándo cambia/ocurre: 📅 El acuerdo se adoptó el 23 de septiembre de 2026 y el anuncio se publicó el 2 de octubre de 2026 en el BOCM.
La Junta de Gobierno Local de Pozuelo de Alarcón ha aprobado la rectificación de un error material en el acuerdo que sometía a información pública el estudio y la nueva cartografía de zonas inundables y de la zona de flujo preferente del Arroyo Pozuelo. 📢 El fallo consistía en haber ordenado la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE) cuando, según la normativa aplicable, debía hacerse en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
El expediente se enmarca en el Plan Parcial del APR 4.2-02 'Arroyo Pozuelo-General Mola-Este' del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). 🌊 La corrección no altera el contenido ni el alcance del acuerdo original: se mantiene el trámite de información pública durante un mes, la notificación individual a los titulares afectados y la publicidad en la página web municipal.
🔹 Causa 1: El acuerdo inicial de 3 de junio de 2026 ordenó publicar el anuncio en el BOE invocando el artículo 14 ter del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, sin advertir que ese mismo texto legal remite al boletín autonómico en determinados ámbitos.
🔹 Causa 2: La Disposición Adicional Octava, apartado segundo, del citado Reglamento establece que todas las referencias al BOE deben entenderse referidas al Boletín Oficial de la comunidad autónoma respectiva, lo que obligaba a corregir la referencia.
🔹 Causa 3: El artículo 109.2 de la Ley 39/2015 permite a las administraciones rectificar en cualquier momento los errores materiales, de hecho o aritméticos, y el detectado es de este tipo: se aprecia a simple vista sin cambiar el fondo del acto.
Si eres propietario de una parcela afectada: 🏠 Recibirás la notificación individual y podrás consultar y alegar el estudio dentro del mes de información pública, sin que el cambio de boletín modifique tus derechos.
Si resides o tienes negocios en la zona del Arroyo Pozuelo: 🌊 La nueva cartografía puede redefinir las áreas con riesgo de inundación y la zona de flujo preferente, lo que incide en licencias, seguros y usos del suelo.
Si eres técnico, promotor o inversor: 📊 El documento incorpora una modelización hidráulica más precisa que la cartografía oficial vigente, un dato clave para valorar el desarrollo urbanístico del sector.
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Fecha del acuerdo | 23 de septiembre de 2026 |
| Publicación | BOCM, 2 de octubre de 2026 |
| Plazo de información pública | 1 mes |
| Ámbito | Arroyo Pozuelo – APR 4.2-02, Pozuelo de Alarcón |
| Boletín correcto | BOCM (antes BOE por error) |
| Organismos informantes | Ayuntamiento de Madrid, CHT y consejería autonómica |
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 2025 | Marzo | La promotora presenta la primera parte de la documentación del estudio hidráulico. |
| 2025 | Diciembre | Se completa el expediente con la segunda parte del informe y los planos. |
| 2026 | Junio | La Junta de Gobierno Local acuerda someter el estudio a información pública. |
| 2026 | Septiembre | Se aprueba la rectificación del error material sobre el boletín de publicación. |
| 2026 | Octubre | El anuncio se publica en el BOCM y arranca el mes de información pública. |
El Arroyo Pozuelo atraviesa un sector en desarrollo urbanístico donde conviven usos residenciales y dotacionales. 🌊 La Confederación Hidrográfica del Tajo validó preliminarmente un estudio hidrológico-hidráulico más detallado que la cartografía oficial del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables, lo que obliga a actualizar las zonas inundables y de flujo preferente antes de aprobar el planeamiento.
⚖️ La rectificación es un trámite formal, pero relevante: garantiza la seguridad jurídica del procedimiento y que el anuncio llegue al boletín correcto para que los plazos de alegaciones sean válidos.
Con el anuncio ya publicado en el BOCM, se abre un mes para que los afectados y cualquier interesado presenten alegaciones. 📅 Después, los organismos sectoriales —Ayuntamiento de Madrid, Confederación Hidrográfica del Tajo y la consejería autonómica competente— deberán emitir sus informes antes de que el documento se apruebe definitivamente. 🏗️ La evolución del Plan Parcial del APR 4.2-02 quedará condicionada por la nueva cartografía de inundabilidad.
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