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Lo que pasó: 🕓 Caduca por demora el expediente de una herencia sin herederos en Benidorm.
A quién afecta: 👥 A eventuales herederos o allegados, a acreedores de la herencia yacente, a los ayuntamientos implicados y al patrimonio de la Generalitat.
Cuándo cambia/ocurre: 📅 La resolución de caducidad y reinicio se firmó en agosto de 2026 y se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la web de la Conselleria.
La Dirección General de Patrimonio ha declarado la caducidad del procedimiento ABI 374/2025, abierto el 9 de julio de 2025 para declarar a la Generalitat heredera intestada de una persona fallecida en Benidorm el 13 de noviembre de 2022, en estado de soltero y sin testamento. Sus padres y hermanos renunciaron a la herencia y no consta ningún otro llamado con derecho a suceder. 📄
El motivo es estrictamente temporal: ha transcurrido más de un año desde el acuerdo de incoación sin que se dictara resolución expresa, el plazo máximo que fijan el Decreto 20/2019 y la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Como las acciones no han prescrito, la Administración no cierra el caso: acuerda iniciar un nuevo procedimiento, reutilizar los trámites que siguen siendo válidos, publicar el acuerdo en el DOGV y en la web de la Conselleria y abrir el plazo para presentar alegaciones o información sobre bienes y posibles herederos. 🔁
🔹 Causa 1: el reloj administrativo. El artículo 6.3 del Decreto 20/2019 fija en un año el plazo máximo para resolver y notificar; superado ese tiempo en un procedimiento iniciado de oficio, la ley impone la caducidad. ⏳
🔹 Causa 2: expedientes lentos por su propia naturaleza. Hay que localizar certificados de defunción, de última voluntad y de empadronamiento, comprobar renuncias notariales, identificar bienes y publicar edictos en varios ayuntamientos. Cada paso depende de terceros y suma meses. 🗂️
🔹 Causa 3: la caducidad se ha vuelto casi rutinaria. El artículo 95 de la Ley 39/2015 permite reiniciar el procedimiento e incorporar los trámites cuyo contenido no se haya visto afectado, de modo que el expediente no muere: vuelve a empezar. En la práctica, muchas herencias intestadas acumulan una segunda e incluso una tercera caducidad antes de resolverse. 🔄
🔹 Causa 4: nadie reclama la herencia. Cuando los llamados por ley renuncian y no aparecen interesados, la Generalitat asume la posición de heredera, pero antes debe acreditar que no queda nadie con mejor derecho, lo que alarga la instrucción. 🧾
Si eres familiar o allegado con derecho a heredar: aún estás a tiempo. El plazo de alegaciones sigue abierto hasta que se dicte la resolución final y cualquier persona puede aportar documentos o datos sobre bienes y herederos. 📬
Si eres acreedor o tienes una reclamación contra la herencia yacente: la caducidad no extingue tu acción, pero el reinicio del procedimiento alarga el bloqueo y retrasa la posibilidad de cobrar o de ejecutar garantías. ⚖️
Si eres vecino o contribuyente: el patrimonio sin herederos acaba en manos de la Generalitat y su tramitación consume tiempo y recursos públicos. La demora no cambia el destino final de los bienes, pero sí lo pospone. 🏛️
Si vives o tienes intereses en un inmueble vinculado a la herencia: la situación jurídica seguirá en el aire durante el nuevo procedimiento, con los efectos que ello tiene para arrendamientos, obras o compraventas. 🔑
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Expediente | ABI 374/2025 |
| Fallecimiento | 13 de noviembre de 2022, Benidorm |
| Acuerdo de incoación | 9 de julio de 2025 |
| Publicación en el DOGV | 4 de agosto de 2025 (DOGV número 10165) |
| Tablón de edictos | Ayuntamiento de Benidorm, del 7 de agosto al 7 de septiembre de 2025 |
| Plazo máximo para resolver | 1 año |
| Normas aplicadas | Art. 6.3 del Decreto 20/2019; art. 20 bis.6 de la Ley 33/2003; arts. 25 y 95 de la Ley 39/2015 |
| Efecto de la caducidad | No prescribe la acción: se reinicia el procedimiento |
| Publicación del reinicio | DOGV y web de la Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública |
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 2022 | Noviembre | Fallece en Benidorm, en estado de soltero y sin testamento, la persona cuya herencia se tramita. |
| 2023 | — | El juzgado comunica el fallecimiento y aporta las renuncias de padres y hermanos y los certificados básicos. |
| 2025 | Julio | La Dirección General de Patrimonio acuerda incoar el procedimiento ABI 374/2025. |
| 2025 | Agosto | El acuerdo se publica en el DOGV y se expone en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Benidorm. |
| 2026 | Agosto | Se declara la caducidad por superar el año de plazo y se acuerda iniciar un nuevo procedimiento. |
| 2026 | Septiembre | Se publica la resolución y se mantiene abierto el plazo de alegaciones e información sobre bienes. |
Desde la reforma de la jurisdicción voluntaria de 2015, la declaración de herederos abintestato dejó de ser una competencia judicial y pasó a tramitarse por vía administrativa: si nadie con derecho a heredar reclama el caudal, la Generalitat puede ser declarada heredera. El Decreto 20/2019 regula ese procedimiento y fija en un año el plazo para resolver, un listón que se incumple con frecuencia. 📚
No es un caso aislado: en los últimos meses se han repetido resoluciones idénticas en expedientes de toda la Comunitat Valenciana, algunos abiertos hace más de una década y reabiertos después de una o varias caducidades. La diferencia entre ellos es el municipio, la fecha del fallecimiento y el número de expediente. 🗺️
El nuevo procedimiento arranca con los trámites que se conservan del anterior y con un año de plazo desde la nueva incoación. La resolución que ponga fin al expediente, en su caso, reconocerá a la Generalitat como heredera y se publicará igualmente en el DOGV y en la web de la Conselleria. 📢
Mientras tanto, la vía sigue abierta: cualquier persona puede aportar documentos o alegar la existencia de herederos con mejor derecho en cualquier momento anterior a la resolución. Si no aparece nadie y el expediente vuelve a superar el año, habría una nueva caducidad y un nuevo reinicio, con el consiguiente retraso. 🕰️
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