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Lo que pasó: El Pleno aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal de la tasa del agua. ✅
A quién afecta: A los vecinos y usuarios del servicio de agua potable en Ortigosa de Cameros. 🏘️
Cuándo cambia/ocurre: El acuerdo se expondrá al público durante 30 días hábiles desde su publicación en el BOR. 📅
El Ayuntamiento de Ortigosa de Cameros, en el Pleno del 2 de octubre de 2026, aprobó con carácter provisional la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de agua potable domiciliaria. 🚰
El acuerdo, junto con todos sus antecedentes, permanecerá expuesto al público en la secretaría municipal durante treinta días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja. Durante ese plazo, los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que consideren oportunas. 📄
🔹 Causa 1: Actualización normativa. Las ordenanzas fiscales deben revisarse periódicamente para adaptarse a los cambios legales y garantizar su aplicación correcta. ⚖️
🔹 Causa 2: Sostenibilidad del servicio. Aunque no se detallan los motivos específicos, este tipo de modificaciones suelen buscar ajustar la tasa a los costes reales de prestación del servicio de agua potable. 💧
Si eres residente en Ortigosa de Cameros: Tu factura del agua podría experimentar cambios una vez que la modificación sea definitiva. Además, durante el periodo de exposición pública puedes revisar el expediente y presentar alegaciones si lo consideras necesario. 🏠
Si eres titular de un negocio o actividad en el municipio: La tasa del agua también te afectará en tu actividad económica, por lo que es recomendable que consultes los detalles de la modificación. 🏪
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Fecha de aprobación inicial | 2 de octubre de 2026 |
| Periodo de exposición pública | 30 días hábiles |
| Lugar de exposición | Secretaría del Ayuntamiento de Ortigosa de Cameros |
| Normativa aplicable | Artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales |
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 2026 | Octubre | El Pleno del Ayuntamiento aprueba inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal de la tasa del agua. |
| 2026 | Octubre/Noviembre | Publicación en el BOR e inicio del periodo de 30 días hábiles de exposición pública y alegaciones. |
| 2026/2027 | Diciembre/Enero | Si no hay reclamaciones, aprobación definitiva y entrada en vigor de la modificación. |
Las ordenanzas fiscales son normas municipales que regulan los tributos locales, como la tasa del agua. Su modificación requiere un proceso de aprobación inicial, exposición pública y, si no hay alegaciones, aprobación definitiva. Este procedimiento garantiza la transparencia y la participación ciudadana. 🏛️
Una vez publicado el anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, comenzará el plazo de 30 días hábiles para que los interesados presenten reclamaciones. Si no se presenta ninguna, la modificación quedará definitivamente aprobada sin necesidad de un nuevo acuerdo plenario. En caso contrario, el Pleno deberá resolver las alegaciones y aprobar definitivamente el texto. 🗓️
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