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Empleo Público y Convocatorias

⚖️ Melilla rectifica las listas del concurso de Regente y corrige el tribunal de Agente Tributario 📋

Fecha: 16/09/2026
Dos órdenes de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad corrigen errores en sendos procesos de selección: se excluye a dos aspirantes al puesto de Regente por no acreditar dos años de permanencia en su último destino definitivo y se subsana un apellido equivocado en el Tribunal de Selección de dos plazas de Agente Tributario. 🔎

⚡ EN 1 MINUTO

Lo que pasó: Melilla rectifica dos listas y un tribunal de selección. 📄

A quién afecta: A dos aspirantes excluidas del concurso de Regente, a los opositores a dos plazas de Agente Tributario y a los miembros del tribunal que las evaluará. 👥

Cuándo cambia/ocurre: Las órdenes se firmaron el 3 de septiembre de 2026 y se publicaron el 9 de septiembre de 2026. 🗓️



📌 ¿Qué ha pasado?

La Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla ha hecho públicas dos resoluciones que corrigen errores detectados en procedimientos de selección de personal. La primera rectifica la lista definitiva de aspirantes admitidos al concurso para la provisión del puesto de trabajo de Regente y excluye a dos de las personas que figuraban como admitidas, al comprobarse que no acreditaban el requisito de permanencia mínima de dos años en el último puesto de destino definitivo exigido en las bases. ✅

La segunda subsana un error material en la constitución del Tribunal de Selección que juzgará la oposición libre para cubrir en propiedad dos plazas de Agente Tributario, Escala de Administración Especial, donde constaba un apellido equivocado en la identificación de uno de sus integrantes. En los dos casos, el resto del contenido publicado se mantiene exactamente igual. 🔧



🔍 ¿Por qué ha ocurrido esto?

🔹 Causa 1 — Un requisito que no se cumplía: la base segunda, apartado c) de la convocatoria del concurso de Regente obligaba a acreditar una permanencia mínima de dos años en el último puesto de destino definitivo. Al revisar el expediente se comprobó que dos de las aspirantes incluidas en la lista definitiva no reunían esa condición, por lo que su admisión no era conforme a las propias bases del proceso. 🚫

🔹 Causa 2 — Un error material al identificar a un vocal: en el anuncio de constitución del Tribunal de Selección de Agente Tributario, publicado el 25 de agosto de 2026, se consignó un segundo apellido incorrecto en la identificación de uno de sus miembros. Se trata de un fallo de transcripción, no de un cambio de composición del órgano. ✏️

🔹 Causa 3 — La ley permite corregir en cualquier momento: el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, habilita a la Administración a rectificar en cualquier momento los errores de hecho, materiales o aritméticos de sus actos, siempre que no alteren el sentido de la resolución. Esa es la vía utilizada en ambas órdenes. 📚



👥 ¿En qué te afecta a ti?

Si eres aspirante al puesto de Regente: la lista definitiva cambia solo en dos posiciones, que quedan fuera del procedimiento. Si no eras una de ellas, tu situación no se altera y sigues en el proceso tal y como se publicó el 10 de junio de 2026. 📌

Si eres opositor a Agente Tributario: el tribunal que te examinará sigue siendo el mismo, con la única salvedad de que la identificación de uno de sus miembros aparece ahora correctamente escrita. No cambia el número de plazas (dos), ni el sistema de oposición libre, ni el temario. 🧾

Si eres empleado público o miembro de un órgano de selección: el caso deja una advertencia clara: revisar los requisitos de las bases y los datos personales antes de publicar listas y composiciones evita rectificaciones posteriores que generan inseguridad jurídica y retrasos. ⚠️

Si eres una de las personas afectadas por la exclusión: aún puedes reaccionar, porque la orden no agota la vía administrativa. ⌛



📊 Los datos clave

Dato / ConceptoDetalle
Fecha de las órdenes3 de septiembre de 2026
Fecha de publicación9 de septiembre de 2026
Aspirantes excluidas del concurso de Regente2 personas
Requisito incumplidoPermanencia mínima de 2 años en el último destino definitivo
Plazas de Agente Tributario en juego2 plazas, oposición libre
Corrección en el tribunalUn apellido de uno de sus miembros
Plazo para recurso de alzada1 mes desde el día siguiente a la publicación
Plazo máximo de resolución del recurso3 meses
Norma aplicadaArtículo 109.2 de la Ley 39/2015
ÁmbitoCiudad Autónoma de Melilla


📅 Cronología

AñoMesResumen
2025Sin determinarSe abre el expediente del proceso selectivo de Agente Tributario que después exigiría constituir el tribunal de selección.
2026MarzoSe convoca el concurso para la provisión del puesto de trabajo de Regente.
2026AbrilLa convocatoria del puesto de Regente se publica en el boletín oficial de la ciudad.
2026JunioSe publica la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al concurso de Regente, con las dos personas después excluidas entre las admitidas.
2026AgostoSe publica la constitución del Tribunal de Selección para las dos plazas de Agente Tributario, con el apellido erróneo.
2026SeptiembreSe dictan las dos órdenes de rectificación, que se publican el día 9.


🧠 El contexto: Lo que hay que saber para no perderse

El Boletín Oficial de Melilla (BOME) es el instrumento por el que la Ciudad Autónoma da publicidad a sus convocatorias, listas y tribunales de selección, de modo que cualquier error en esas páginas tiene efectos directos sobre los aspirantes y sobre los plazos de los procesos. No es infrecuente que, tras la publicación, una revisión del expediente detecte un error de hecho o material: en ese caso la Administración no necesita tramitar un procedimiento nuevo, sino que corrige el acto al amparo del artículo 109.2 de la Ley 39/2015. 🔎

Conviene distinguir dos supuestos muy distintos: la exclusión de dos aspirantes responde a un requisito sustantivo de las bases, mientras que la corrección del tribunal es un simple fallo de transcripción que no altera quién juzga la oposición. En ambos casos, el resto de lo publicado conserva su validez. 🧩



🔮 ¿Qué va a pasar ahora?

Las dos órdenes son firmes en la vía administrativa ordinaria, pero no la agotan: contra ellas cabe recurso de alzada en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, ante la propia consejería o ante el presidente de la Ciudad Autónoma como superior jerárquico. La Administración tendrá un máximo de tres meses para dictar y notificar la resolución; si no lo hace, el recurso se entenderá desestimado. ⌛

En paralelo, los procesos continúan: el concurso de Regente sigue adelante con la lista definitiva ya corregida y sin las dos aspirantes excluidas, mientras que el tribunal de Agente Tributario mantiene su composición íntegra y podrá convocar las pruebas de la oposición libre para las dos plazas en juego. 📅

Aviso de generación: Contenido elaborado automáticamente mediante Inteligencia Artificial (IA) a partir de datos públicos oficiales. La IA puede cometer errores o imprecisiones, por lo que se recomienda consultar las fuentes oficiales originales a continuación:

📌Fuentes consultadas (2)

BOME (Melilla)
Orden nº 4083, de fecha 3 de septiembre de 2026, relativa a rectificación de error en anuncio publicado en BOME nº 6408, de 25 de agosto de 2026, referente a constitución del Tribunal de Selección para la provisión en propiedad de dos plazas de Agente Tributario, Escala de Administración Especial, por el procedimiento de oposición libre.
Fecha: 11/09/2026
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BOME (Melilla)
Orden nº 4084, de fecha 3 de septiembre de 2026, relativa a rectificación de la lista definitiva de aspirantes admitidos al concurso para la provisión del puesto de trabajo de Regente.
Fecha: 11/09/2026
Ir a la fuente↗

📍LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA

España > Ceuta y Melilla > Melilla > Melilla