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✅ Lo que pasó: Se publicó la lista definitiva de admitidas y excluidas del 0,7% del IRPF.
👥 A quién afecta: A las entidades del Tercer Sector y a los usuarios de sus programas sociales.
📅 Cuándo cambia: Resolución de 14 de septiembre de 2026, tras el plazo de subsanación abierto el 18 de agosto.
La Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública ha cerrado el primer gran filtro de la convocatoria de 2026 de subvenciones destinadas a financiar programas de interés general con cargo al 0,7% del IRPF. El informe definitivo deja un Anexo I con 32 entidades admitidas a trámite y un Anexo II con una única solicitud excluida: la que no acredita los tres años mínimos de antigüedad, un requisito que no admite arreglo.
El documento, fechado el 14 de septiembre de 2026 y firmado por el Técnico de Administración General y el Director General de Servicios Sociales, confirma que casi todas las entidades que estaban en el aire han resuelto sus defectos. La convocatoria se aprobó el 15 de julio de 2026 y moviliza los fondos de la casilla solidaria que cada contribuyente decide destinar a fines sociales.
🔹 Causa 1: La convocatoria concedió diez días hábiles para subsanar tras la lista provisional, publicada el 18 de agosto de 2026. Seis de las siete entidades señaladas entonces presentaron a tiempo la documentación que les faltaba o estaba mal cumplimentada.
🔹 Causa 2: El requisito de contar con al menos tres años de antigüedad es infranqueable. La única entidad que sigue fuera no puede corregirlo porque la norma lo marca expresamente como no subsanable, algo que ya se aplicó en convocatorias anteriores.
🔹 Causa 3: La mayoría de los fallos detectados eran de forma: anexos normalizados de la Ciudad Autónoma que faltaban, memorias de entidad o de programa incompletas, declaraciones responsables o acreditaciones de estar al corriente de las obligaciones tributarias. Todos ellos sí admitían solución.
Si eres una entidad del Tercer Sector: aparecer en el Anexo I te permite seguir en el proceso, pero no garantiza todavía dinero; ahora llega la fase de valoración técnica de los programas.
Si eres usuario de programas sociales: los proyectos de entidades como las dedicadas a discapacidad, salud mental, infancia, personas mayores o inmigración siguen vivos y podrán optar a financiación.
Si eres contribuyente que marca la casilla solidaria: tu gesto se traduce en dinero que ahora pasa el filtro administrativo antes de llegar a los proyectos de interés general en Melilla.
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Fecha de la resolución | 14 de septiembre de 2026 |
| Entidades admitidas (Anexo I) | 32 |
| Entidades excluidas (Anexo II) | 1 |
| Motivo de exclusión | Falta de 3 años de antigüedad (no subsanable) |
| Plazo de subsanación | 10 días hábiles |
| Fecha de la lista provisional | 18 de agosto de 2026 |
| Norma de la convocatoria | Orden núm. 1791, de 15 de julio de 2026 |
| Ámbito | Ciudad Autónoma de Melilla |
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 2021 | Junio | Publicación de la lista definitiva de admitidas y excluidas de la convocatoria de entidades sin ánimo de lucro, un precedente del mismo procedimiento. |
| 2024 | Noviembre | La convocatoria del 0,7% del IRPF ya incluía la antigüedad mínima de tres años como causa de exclusión no subsanable. |
| 2025 | Julio | Se aprueba la convocatoria del 0,7% del IRPF del ejercicio 2025. |
| 2025 | Octubre | Se publica la lista provisional de 2025 con un plazo de subsanación de cinco días. |
| 2026 | Julio | La Orden núm. 1791 aprueba la convocatoria de 2026 del 0,7% del IRPF. |
| 2026 | Agosto | Se publica la lista provisional con diez días para subsanar y mejorar solicitudes. |
| 2026 | Septiembre | Informe definitivo con 32 entidades admitidas y una excluida. |
El 0,7% del IRPF es la cantidad que cada contribuyente puede asignar a fines sociales al marcar la casilla solidaria en su declaración. Esa recaudación se reparte entre las comunidades y ciudades autónomas, que la destinan a programas de interés general desarrollados por entidades del Tercer Sector.
Melilla repite cada año un procedimiento muy reglado: convocatoria, lista provisional con plazo de subsanación y lista definitiva. En esta edición el foco está en que solo una entidad se ha quedado fuera, frente a las siete que aparecían excluidas en la lista provisional, lo que demuestra la eficacia del trámite de corrección documental.
Con la relación definitiva cerrada, el expediente avanza hacia la fase de valoración técnica de los programas presentados por las 32 entidades admitidas. Será una comisión de valoración la que puntúe cada proyecto y proponga la cuantía de las ayudas.
Después llegará la propuesta de resolución provisional, con su propio plazo de alegaciones, y finalmente la resolución definitiva de concesión. Solo entonces las entidades sabrán cuánto dinero reciben de verdad, ya que estar en el Anexo I no genera derecho a financiación por sí solo.
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