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Lo que pasó: Sorteo público de candidatos a jurado en Málaga y Melilla 🎲
A quién afecta: Residentes censados en las dos provincias, mayores de edad y menores de 65 años 👥
Cuándo cambia/ocurre: Hoy, 16 de septiembre de 2026, a las 11:00 horas ⏰
Lo que pasó: Sorteo público de candidatos a jurado en Málaga y Melilla 🎲
A quién afecta: Residentes censados en las dos provincias, mayores de edad y menores de 65 años 👥
Cuándo cambia/ocurre: Hoy, 16 de septiembre de 2026, a las 11:00 horas ⏰
La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de Málaga celebra este miércoles 16 de septiembre, a las 11:00 horas, el sorteo público mediante el cual se seleccionarán los candidatos a jurado de las provincias de Málaga y Melilla para el bienio 2027-2028. El acto tendrá lugar en la sede de esa delegación, en la calle Puerta del Mar número 18 de la capital malagueña, y se convoca conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/1995 del Tribunal del Jurado. 🏛️
El anuncio, difundido para general conocimiento desde Melilla y publicado en el boletín oficial de la ciudad autónoma el pasado 19 de agosto, responde a lo previsto en el artículo 13.2 de la citada ley orgánica y a los reales decretos que la desarrollan. La convocatoria se realiza de acuerdo con la Audiencia Provincial de Málaga, que es el órgano judicial de referencia en este procedimiento. 📄
🔹 Causa 1 — Una obligación legal con fecha fija: La Ley Orgánica 5/1995 obliga a renovar periódicamente la lista de personas que pueden ser llamadas a formar parte de un jurado. Ese mandato legal se traduce en un sorteo público que debe celebrarse en la fecha y hora anunciadas, sin margen para la improvisación.
🔹 Causa 2 — El censo electoral es la base del sistema: La selección no nace de una inscripción voluntaria, sino del padrón electoral. Por eso es la Oficina del Censo Electoral, y no un órgano judicial o administrativo distinto, quien organiza y ejecuta el sorteo entre las personas censadas en cada provincia.
🔹 Causa 3 — Una convocatoria conjunta por razones organizativas: Málaga y Melilla comparten delegación provincial del Censo Electoral, de modo que ambas provincias entran en el mismo acto público. El anuncio se difunde desde Melilla porque su publicación oficial es el cauce que garantiza que la convocatoria llegue a todos los residentes de esa ciudad autónoma. 🤝
Si resides en Málaga o Melilla y estás censado: Tu nombre entra en el bombo. No hace falta apuntarse ni solicitarlo: basta con figurar en el censo electoral y cumplir los requisitos legales, es decir, tener nacionalidad española, ser mayor de edad y estar en pleno uso de tus derechos civiles. 🎯
Si resultas seleccionado: Recibirás una notificación oficial en tu domicilio. A partir de ahí tendrás un plazo para presentar alegaciones o excusas si concurre alguna causa justificada, como haber cumplido ya 65 años, haber ejercido como jurado en los últimos años o sufrir una incompatibilidad sobrevenida. Si finalmente eres designado para un juicio, tendrás derecho a las indemnizaciones y compensaciones que fija la normativa por las jornadas de servicio. 📬
Si ejerces determinados cargos o profesiones: Jueces, fiscales, abogados, procuradores, miembros de las fuerzas de seguridad, militares, cargos públicos electos, notarios o personal sanitario forense, entre otros, están excluidos por ley y no pueden ser llamados a formar parte del jurado. Tampoco pueden serlo las personas condenadas por determinados delitos. 🚫
Resumen rápido de las cifras, fechas y referencias que enmarcan la convocatoria: 📊
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Fecha del sorteo | 16 de septiembre de 2026 |
| Hora | 11:00 horas |
| Lugar | Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de Málaga, calle Puerta del Mar 18 |
| Provincias convocadas | Málaga y Melilla |
| Bienio de vigencia | 2027-2028 |
| Publicación del anuncio | 19 de agosto de 2026, en el boletín oficial de Melilla (referencia BOME-P-2026-4586) |
| Norma principal | Ley Orgánica 5/1995 del Tribunal del Jurado, artículo 13.2 |
| Desarrollo reglamentario | Reales Decretos 1398/1995 y 2067/1996, el primero modificado por el Real Decreto 1271/2012 |
Así se ha llegado hasta el sorteo de hoy, paso a paso: 🗓️
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 1995 | Mayo | Las Cortes aprueban la Ley Orgánica 5/1995, que reinstaura en España la institución del Tribunal del Jurado. |
| 1995 | Agosto | Se aprueba el reglamento que regula el procedimiento de selección de candidatos a jurados. |
| 1996 | Septiembre | Un segundo real decreto completa el desarrollo reglamentario del sistema de jurados. |
| 2012 | Agosto | Una modificación reglamentaria actualiza el procedimiento de selección de candidatos. |
| 2026 | Agosto | El 19 de agosto se publica el anuncio del sorteo para general conocimiento desde Melilla. |
| 2026 | Septiembre | El día 16 se celebra el acto público del sorteo de candidatos para el bienio 2027-2028. |
España recuperó el jurado en 1995 después de más de medio siglo sin él. Desde entonces, cualquier ciudadano censado puede acabar sentado en la sala de un tribunal provincial, y ese sorteo es la puerta de entrada al sistema. 🧩
El procedimiento funciona en dos fases: primero se sortea una lista amplia de candidatos entre todo el censo provincial y, después, para cada juicio concreto, se realiza un segundo sorteo entre los integrantes de esa lista. De ahí que la convocatoria de hoy no implique todavía participar en un juicio, sino formar parte de un conjunto del que se irá tirando durante los dos próximos años. 🔎
La lista se renueva cada bienio para evitar que las mismas personas soporten el servicio de manera continuada, y la Oficina del Censo Electoral, dependiente del Instituto Nacional de Estadística, es la encargada de garantizar que el proceso sea público y trazable. ✅
Una vez celebrado el sorteo, las listas provisionales de candidatos se publicarán y se notificarán a las personas seleccionadas, que dispondrán de un plazo para formular alegaciones o excusas. Después, la Audiencia Provincial correspondiente recibirá la relación definitiva y será la que vaya llamando al jurado conforme se programen los juicios. ⏳
Los candidatos designados serán convocados para cada causa con una antelación mínima legal, y del grupo inicial se extraerán tanto los titulares como los suplentes que deban intervenir. La lista así configurada estará vigente durante todo el bienio 2027-2028, por lo que cualquier resolución o modificación posterior se comunicará por los cauces oficiales. 🚀
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