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⚡ Lo que pasó: El Pleno aprobó modificar la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento. 📄
👥 A quién afecta: A los empleados públicos municipales, a los aspirantes a sus plazas y a los vecinos que costean la plantilla.
🗓️ Cuándo cambia/ocurre: Acuerdo plenario del 24 de septiembre de 2026, anunciado en el BOCM el 29 de septiembre de 2026.
Lo que pasó: 🏛️ El Pleno del Ayuntamiento de Majadahonda aprobó modificar su vigente Relación de Puestos de Trabajo (RPT).
A quién afecta: 👥 A los empleados públicos del Consistorio, a los sindicatos, a los opositores que aspiran a una plaza y, de forma indirecta, a todos los vecinos del municipio.
Cuándo cambia/ocurre: 🗓️ El acuerdo se adoptó en la sesión plenaria del 24 de septiembre de 2026 y se hizo público en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el 29 de septiembre de 2026, por lo que el plazo de dos meses para recurrir arranca el 30 de septiembre de 2026.
El Pleno del Ayuntamiento de Majadahonda, reunido en sesión el 24 de septiembre de 2026, dio luz verde a la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Consistorio. Se trata del documento que ordena, clasifica y describe cada puesto del personal municipal: sus funciones, su adscripción, su nivel y sus retribuciones complementarias. ✍️
El acuerdo se limita a introducir los cambios recogidos en los documentos técnicos del expediente —los papeles titulados 'RPT dotaciones', 'Actas valoración puestos modificados' y 'Fichas puestos'—, manteniendo el resto de características sin alteraciones. El anuncio oficial lo firma el concejal-delegado de Hacienda y Recursos Humanos el 28 de septiembre de 2026 y se publica en el BOCM el 29 de septiembre, además de en el Portal de Transparencia municipal. 📰
🔹 Causa 1: La RPT es un documento vivo. La plantilla municipal no es una foto fija, sino una herramienta que se revisa cada vez que cambia la organización de los servicios, se crean o suprimen funciones o se revalorizan puestos. El Ayuntamiento viene encadenando actualizaciones periódicas desde la aprobación íntegra de su RPT en julio de 2024.
🔹 Causa 2: La valoración técnica de los puestos. Las actas de valoración y las fichas de funciones son las que detectan qué puestos han quedado desactualizados, han visto alterado su contenido real de trabajo o necesitan un encaje distinto dentro del organigrama municipal.
🔹 Causa 3: La obligación legal de publicidad y transparencia. La normativa de régimen local (el texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril) obliga a publicar estas modificaciones en el boletín oficial para que sean plenamente eficaces y puedan ser conocidas y recurridas por cualquier interesado, algo que se completa con su difusión en el Portal de Transparencia. ⚖️
Si eres empleado o empleada municipal: tu puesto puede haber visto modificadas sus funciones, su adscripción o su complemento, según figure en las fichas y actas de valoración publicadas. La clave está en comprobar si tu plaza aparece entre las modificadas. 💼
Si eres opositor o aspirante a una plaza: la RPT define cuántas plazas existen, de qué tipo, con qué requisitos y en qué grupo o subgrupo. Cualquier cambio puede alterar las bases de futuras convocatorias de empleo público. 📚
Si eres vecino o contribuyente: la RPT determina el coste de la estructura de personal que financia el presupuesto municipal, por lo que afecta al uso de los recursos públicos. 🏘️
Si eres sindicato, empresa o profesional que trabaja con el Ayuntamiento: dispondrás de dos meses para examinar el acuerdo y, si lo consideras lesivo o irregular, impugnarlo por la vía administrativa o judicial. 📝
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Fecha del acuerdo | 24 de septiembre de 2026 |
| Fecha de firma del anuncio | 28 de septiembre de 2026 |
| Publicación oficial | BOCM de 29 de septiembre de 2026 (BOCM-20260929-53) |
| Inicio del plazo de recurso | 30 de septiembre de 2026 |
| Duración del plazo | 2 meses |
| Vías de impugnación | Reposición ante el Pleno o contencioso-administrativo ante los Juzgados de Madrid |
| Documentos del expediente | 'RPT dotaciones', 'Actas valoración puestos modificados' y 'Fichas puestos' |
| Ámbito | Ayuntamiento de Majadahonda (Comunidad de Madrid) |
| Difusión | BOCM y Portal de Transparencia municipal |
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 2020 | Marzo | Corrección de un error en la modificación de la plantilla y de las características de varios puestos de trabajo. |
| 2022 | Mayo | Aprobación inicial de la modificación del puesto de jefe de servicio de Régimen Interior y Apoyo a Secretaría General. |
| 2023 | Diciembre | El Pleno aprueba las características de varios puestos de trabajo del Consistorio. |
| 2024 | Marzo | Modificación de la plantilla orgánica con reasignación de puestos entre distintos centros de coste. |
| 2024 | Julio | Aprobación íntegra de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento. |
| 2024 | Octubre | Primera modificación posterior de la RPT, aprobada en Pleno y publicada en noviembre. |
| 2025 | Febrero | Nueva modificación de la RPT aprobada por el Pleno y publicada en marzo. |
| 2025 | Octubre | Modificación aprobada en Pleno el 28 de octubre y publicada en el BOCM el 3 de noviembre. |
| 2026 | Septiembre | El Pleno aprueba una nueva modificación de la RPT, publicada en el BOCM el día 29. |
La Relación de Puestos de Trabajo es el instrumento técnico que ordena todo el empleo público de un ayuntamiento: cuántos puestos hay, cómo se denominan, qué funciones tienen, en qué área se integran y cuánto se paga por ellos. Majadahonda aprobó su RPT completa en julio de 2024 y, desde entonces, ha ido aprobando modificaciones puntuales para ajustarla a la realidad de sus servicios. 🔎
Estas revisiones son habituales en la administración local y suelen despertar interés entre el personal municipal y los sindicatos, porque pueden traducirse en cambios de funciones, de adscripción o de retribuciones complementarias. La publicidad en el boletín oficial no es un trámite menor: es lo que convierte el acuerdo en definitivo y abre el reloj de los recursos. 📌
Con la publicación en el BOCM, el acuerdo pone fin a la vía administrativa y queda desplegado su contenido en el Portal de Transparencia municipal. Desde el 30 de septiembre de 2026 y durante dos meses, cualquier persona o entidad interesada podrá presentar un recurso potestativo de reposición ante el Pleno del Ayuntamiento o, directamente, un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid. ⏳
Si no se presenta ninguna impugnación, la modificación quedará firme y consolidada. Si se recurre, el Pleno deberá resolver la reposición o será la justicia quien determine la validez de los cambios. En paralelo, y a la vista de la secuencia de revisiones de los últimos ejercicios, no sería extraño que el Consistorio volviera a actualizar su RPT en próximos plenos. 🔭
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