Herramienta de localización de publicaciones y referencias en boletines oficiales mediante análisis de similitud semántica a partir de un texto, disposición o temática de consulta.
Lo que pasó: El Ayuntamiento de Macastre aprueba definitivamente la ordenanza que regula las tarifas del agua y alcantarillado.
A quién afecta: A todos los usuarios del servicio de abastecimiento de agua potable y alcantarillado del municipio.
Cuándo cambia/ocurre: La aprobación definitiva se publicó el 28 de septiembre de 2026 y la norma entra en vigor tras su publicación.
El Ayuntamiento de Macastre ha elevado a definitiva la ordenanza municipal que regula la prestación patrimonial de carácter no tributario del servicio de abastecimiento de agua potable y alcantarillado. La norma, cuyo acuerdo plenario inicial data del 28 de mayo de 2026, no recibió reclamaciones durante el periodo de exposición pública, por lo que quedó automáticamente aprobada de forma definitiva.
La ordenanza establece el marco de tarifas, cuotas fijas y variables, conservación de contadores, alcantarillado, tarifa de inversiones y precios por altas, reposiciones y otras actividades conexas. Asimismo, regula la obligación de pago, exenciones, revisión ordinaria y extraordinaria de tarifas, facturación trimestral, gestión de altas, bajas y variaciones, suspensión y corte del suministro, protección de personas en situación de vulnerabilidad, inspección y fraudes. La entrada en vigor se produce tras la publicación de la aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia.
🔹 Adaptación legal: La ordenanza responde a la obligación de regular mediante ordenanza las contraprestaciones económicas de los servicios públicos gestionados de forma indirecta, conforme al artículo 20.6 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, que otorgan a estas tarifas la naturaleza de prestación patrimonial pública no tributaria.
🔹 Necesidad de actualización: El Consistorio necesitaba dotarse de un marco normativo actualizado que sustituyera al anterior régimen y se adaptara a la normativa autonómica sobre precios del agua, en concreto al Decreto 68/2013 de la Generalitat.
🔹 Ausencia de alegaciones: Durante el plazo de exposición pública no se presentaron reclamaciones, lo que agilizó la aprobación definitiva sin necesidad de un nuevo pronunciamiento plenario.
Si eres vecino o usuaria del servicio: A partir de ahora, las facturas del agua y alcantarillado se regirán por las nuevas tarifas y condiciones establecidas en la ordenanza, con facturación trimestral y bloques de consumo que premian el ahorro. Además, se refuerza la protección para personas en situación de vulnerabilidad económica, a quienes no se les suspenderá el suministro por impago.
Si eres propietario de un negocio o industria: La ordenanza diferencia entre usos domésticos, industriales, municipales y bocas de incendio, con tarifas específicas. También regula las altas, bajas y cambios de titularidad, así como las condiciones para suministros provisionales de obra.
Si eres una persona en situación de vulnerabilidad: La norma garantiza que no se corte el suministro mientras se mantenga esta situación, siempre que los servicios sociales municipales lo comuniquen a la empresa gestora.
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Fecha de aprobación inicial | 28 de mayo de 2026 |
| Fecha de publicación definitiva | 28 de septiembre de 2026 |
| Entrada en vigor | Tras la publicación de la aprobación definitiva |
| Cuota de servicio doméstico (13 mm) | 7,620 €/mes |
| Cuota de consumo (bloque I, hasta 12 m³) | 0,644 €/m³ |
| Cuota de consumo (bloque II, 12-20 m³) | 0,807 €/m³ |
| Cuota de consumo (bloque III, más de 20 m³) | 1,077 €/m³ |
| Conservación de contador (13 mm) | 3,067 €/mes |
| Alcantarillado (cuota de servicio) | 0,882 €/mes |
| Tarifa de inversiones | 1,295 €/mes |
| Reposición del servicio | 97,66 € |
| Facturación | Trimestral |
| Plazo de pago voluntario | Un mes natural desde su puesta al cobro |
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 2026 | Mayo | Aprobación inicial de la ordenanza por el Pleno del Ayuntamiento de Macastre (28 de mayo). |
| 2026 | Junio-Agosto | Periodo de exposición pública sin que se presentaran reclamaciones. |
| 2026 | Septiembre | Elevación a definitivo del acuerdo y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (28 de septiembre). |
| 2026 | Septiembre | Entrada en vigor de la ordenanza tras su publicación. |
La Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, introdujo un cambio trascendental al calificar las contraprestaciones por servicios públicos gestionados de forma indirecta como prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario, lo que obliga a los ayuntamientos a regularlas mediante ordenanza no fiscal. En la Comunitat Valenciana, numerosos municipios han ido aprobando sus respectivas ordenanzas a lo largo de 2026, como Sollana, Alfafar, Benifaió o Benissuera, siguiendo el mismo marco legal.
La ordenanza ya está en vigor desde su publicación. Las personas o entidades interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio, es decir, hasta finales de noviembre de 2026. Mientras tanto, la empresa gestora aplicará las nuevas tarifas en la próxima facturación trimestral.
Has accedido directamente a este artículo. En la portada de BOE sin paja desglosamos las publicaciones y novedades oficiales de forma resumida, cronológica y clasificada por secciones para que no te pierdas nada.