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Urbanismo y Ordenación del Territorio

🏙️ Logroño abre a consulta pública el convenio para urbanizar Mercadal 2 y ordenar sus linderos 📋

Fecha: 03/10/2026
El Ayuntamiento de Logroño y la Comunidad Autónoma de La Rioja someten a información pública durante veinte días hábiles el convenio urbanístico de gestión de la Unidad de Ejecución N07.5 Mercadal 2, que agrupará y redividirá las fincas del ámbito, adjudicará la parcela edificable, cederá gratuitamente los terrenos obligatorios al municipio y regularizará los linderos entre las parcelas P1 y R3.

⚡ EN 1 MINUTO

Lo que pasó: 🏗️ Logroño abre a consulta pública el convenio urbanístico de Mercadal 2.

A quién afecta: 👥 Propietarios de fincas del ámbito, Ayuntamiento y Comunidad Autónoma.

Cuándo cambia/ocurre: 📅 Veinte días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.



📌 ¿Qué ha pasado?

El Ayuntamiento de Logroño ha sometido a información pública el proyecto de convenio urbanístico de gestión que suscribirá con la Comunidad Autónoma de La Rioja para desarrollar la Unidad de Ejecución N07.5 Mercadal 2 y regularizar las parcelas comprendidas en ese ámbito. El anuncio, fechado el 30 de septiembre de 2026, se publica en el Boletín Oficial de La Rioja y abre un plazo de veinte días hábiles para presentar cuantas alegaciones u observaciones se estimen convenientes.

El convenio asume la función de instrumento de gestión del ámbito: agrupará las fincas existentes, las dividirá de nuevo conforme a la ordenación urbanística y adjudicará la parcela resultante apta para edificar a los propietarios originales, en proporción a sus derechos, y a la Administración actuante la parte correspondiente a la cesión obligatoria. A ello se suma la transmisión gratuita al municipio de los terrenos de cesión obligatoria y de las obras e instalaciones, y la regularización de linderos entre las parcelas P1 y R3.



🔍 ¿Por qué ha ocurrido esto?

🔹 Causa 1: 🔎 Cumplimiento legal. El artículo 117 de la Ley 5/2006, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, obliga a someter los convenios urbanísticos a información pública antes de su aprobación, de modo que cualquier interesado pueda examinarlos y alegar.

🔹 Causa 2: 🧩 Desajuste entre propiedad y planeamiento. Las fincas incluidas en la unidad no encajan con la ordenación aprobada, por lo que es necesario agruparlas, redividirlas y repartir de nuevo el suelo entre quienes tienen derechos sobre él.

🔹 Causa 3: 📐 Linderos que no permiten edificar con racionalidad. La parcela lucrativa resultante P1, de titularidad municipal y autonómica, y la colindante R3 de la Unidad de Ejecución N07.10, también municipal, presentan una delimitación que dificulta un aprovechamiento coherente; el acuerdo la corrige manteniendo superficies, aprovechamiento y resto de parámetros urbanísticos.

🔹 Causa 4: 🤝 Doble titularidad pública. Al ser el suelo de dos administraciones distintas, resulta imprescindible un convenio que coordine sus intereses y fije los deberes y cargas de urbanización.



👥 ¿En qué te afecta a ti?

Si eres propietario de una finca en el ámbito: 🏘️ Tu suelo entra en el proceso de agrupación, nueva división y adjudicación, y recibirás parcela en proporción a tus derechos, asumiendo a cambio los deberes y cargas de urbanización en el plazo que fije el convenio.

Si eres vecino o residente en la zona: 🌳 La operación ordena la trama urbana, cede gratuitamente al municipio los terrenos de cesión obligatoria y las obras e instalaciones, y despeja una zona pendiente de desarrollo.

Si eres promotor o inversor: 🏗️ Aparece una parcela resultante apta para edificar, con una delimitación ya regularizada frente a la parcela colindante, lo que facilita proyectar y construir.

Si tienes un interés jurídico o urbanístico: 🗂️ Dispones de veinte días hábiles para examinar el expediente y presentar alegaciones, tanto en la sede municipal como en la web del Ayuntamiento.



📊 Los datos clave

Dato / ConceptoDetalle
Plazo de información pública20 días hábiles desde la publicación en el BOR
Fecha del anuncio30 de septiembre de 2026
Vigencia del convenioEfectos desde su firma; en todo caso, 4 años desde su aprobación
ÁmbitoUnidad de Ejecución N07.5 Mercadal 2 (Logroño)
Parcelas en regularizaciónP1 (Ayuntamiento y Comunidad Autónoma) y R3, de la UE N07.10
Expediente071.2 – URB14-2024/0002
Consulta presencialDirección General de Urbanismo y Patrimonio, 2ª planta, lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Consulta telemáticaPágina web municipal


📅 Cronología

AñoMesResumen
2024No precisadoSe abre el expediente municipal URB14-2024/0002 sobre el ámbito de Mercadal 2.
2026SeptiembreEl anuncio del convenio urbanístico de gestión se fecha el día 30 y se remite a publicación oficial.
2026OctubrePublicación en el Boletín Oficial de La Rioja y arranque de los veinte días hábiles de información pública.
2026Octubre y noviembrePeriodo abierto para que los interesados presenten alegaciones y observaciones al proyecto.
PosteriorNo precisadoAprobación por la Junta de Gobierno Local y firma; el convenio surte efectos desde ese momento.
Cuatro años después de su aprobaciónNo precisadoLímite máximo de vigencia del convenio si antes no se ha cumplido su objeto.


🧠 El contexto: Lo que hay que saber para no perderse

El convenio urbanístico es la fórmula que la normativa riojana contempla para ordenar ámbitos donde la propiedad del suelo está muy fragmentada o repartida entre varias administraciones: sustituye a los sistemas clásicos de reparcelación y permite cerrar en un solo documento quién aporta qué, quién recibe qué parcela y quién ejecuta y paga las obras. En este caso, la particularidad es que Ayuntamiento y Comunidad Autónoma son a la vez administraciones actuantes y titulares de suelo, lo que exige un acuerdo explícito para repartir cargas y corregir los linderos sin alterar el aprovechamiento urbanístico.



🔮 ¿Qué va a pasar ahora?

📆 Durante los veinte días hábiles siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, cualquier interesado podrá consultar el expediente y presentar alegaciones. Después, el Ayuntamiento valorará las observaciones recibidas y elevará el convenio a la Junta de Gobierno Local para su aprobación; una vez firmado, surtirá efectos desde ese mismo día y permanecerá vigente hasta cumplir su objeto y, como tope, durante cuatro años. Las siguientes fechas a seguir son el cierre del plazo de alegaciones, la aprobación por la Junta de Gobierno Local y la firma definitiva del documento entre las dos administraciones.

Aviso de generación: Contenido elaborado automáticamente mediante Inteligencia Artificial (IA) a partir de datos públicos oficiales. La IA puede cometer errores o imprecisiones, por lo que se recomienda consultar las fuentes oficiales originales a continuación:

📌Fuentes consultadas (1)

BOR (Comunidad de La Rioja)
Información pública del Convenio urbanístico de gestión con la Comunidad Autónoma de La Rioja para el desarrollo de la Unidad de Ejecución N07.5 Mercadal 2 y regularización de parcelas en el ámbito
Fecha: 02/10/2026
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📍LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA

España > La Rioja > La Rioja > Logroño