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Lo que pasó: 🗳️ El Gobierno disolvió las Cortes y convocó elecciones generales para el 29 de noviembre de 2026.
A quién afecta: 👥 A todo el electorado, a los partidos y candidaturas, y al personal que trabajará en la jornada electoral.
Cuándo cambia/ocurre: 📅 Campaña del 13 al 27 de noviembre, urnas el domingo 29 y Cámaras constituidas el 23 de diciembre a las diez horas.
El Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, declara disueltos el Congreso de los Diputados y el Senado elegidos el 23 de julio de 2023 y convoca elecciones a ambas Cámaras para el domingo 29 de noviembre de 2026. La norma se adopta al amparo del artículo 115 de la Constitución y del artículo 42.1 de la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General, a propuesta del presidente del Gobierno y previa deliberación del Consejo de Ministros celebrada ese mismo 5 de octubre.
El texto no se limita a fijar la fecha de la cita con las urnas: detalla el número de diputados que corresponde a cada circunscripción, establece que en las provincias se eligen cuatro senadores —con reglas propias para las islas y para Ceuta y Melilla—, fija una campaña electoral de quince días y ordena que las nuevas Cámaras se reúnan en sesiones constitutivas el 23 de diciembre a las diez horas. El real decreto entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 🔔
🔹 Causa 1: ⚖️ La convocatoria se apoya en la prerrogativa del artículo 115 de la Constitución, que permite al presidente del Gobierno decretar la disolución anticipada de las Cámaras. La legislatura surgida de las urnas de julio de 2023 no había agotado su mandato, de modo que se trata de un adelanto electoral y no del final natural del ciclo parlamentario.
🔹 Causa 2: 📆 Los plazos están tasados por la ley electoral. La campaña oficial dura quince días y las Cámaras electas deben constituirse dentro de los veinticinco días siguientes a la votación, tal como recuerda el apartado 6 del artículo 68 de la Constitución. Ese corsé explica por qué la campaña arranca el viernes 13 de noviembre y por qué la sesión constitutiva se ha fijado el 23 de diciembre, justo dentro del límite legal.
🔹 Causa 3: 📊 El reparto de escaños se recalcula en función de la población de cada circunscripción. El anexo del real decreto confirma la tendencia demográfica: Madrid sube de 37 a 38 diputados y Cádiz baja de 9 a 8, mientras el total se mantiene en 350 escaños. Cada escaño que se mueve altera el peso relativo de los territorios en el Congreso.
🔹 Causa 4: 📜 La publicación en el Boletín Oficial del Estado es el requisito que activa todo el mecanismo: es la norma la que habilita oficialmente la disolución, abre el calendario electoral y obliga a la Administración a desplegar el operativo de la jornada de votación.
Si eres votante: 🗳️ Tienes una nueva cita con las urnas el domingo 29 de noviembre de 2026. La campaña electoral, el periodo en el que las formaciones despliegan su propaganda y sus actos públicos, va del viernes 13 de noviembre a las cero horas hasta el viernes 27 de noviembre a las veinticuatro horas, y el sábado 28 queda como jornada de reflexión.
Si formas parte de una candidatura, de un partido o de un equipo de campaña: 📢 Entras en un calendario contrarreloj: presentación de candidaturas, sorteo de papeletas, espacios gratuitos de propaganda y una campaña de solo quince días en la que cada acto cuenta el doble.
Si trabajas en la Administración o vas a ser miembro de una mesa electoral: 🧾 El real decreto pone en marcha el operativo completo, desde el censo hasta el material de las mesas, con la vista puesta en la jornada del 29 de noviembre y en la sesión constitutiva del 23 de diciembre a las diez horas.
Si resides en el extranjero: ✈️ El procedimiento para votar desde fuera de España vuelve a activarse conforme a la normativa electoral vigente, con plazos que se abren a partir de la convocatoria oficial.
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Norma | Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre |
| Base jurídica | Artículo 115 de la Constitución y artículo 42.1 de la LOREG |
| Jornada electoral | Domingo 29 de noviembre de 2026 |
| Campaña electoral | 15 días: del 13 al 27 de noviembre de 2026 |
| Constitución de las Cámaras | 23 de diciembre de 2026, a las diez horas |
| Diputados | 350 escaños repartidos por circunscripción |
| Cambios frente a 2023 | Madrid pasa de 37 a 38 diputados; Cádiz, de 9 a 8 |
| Senadores | 4 por provincia; 3 en Gran Canaria, Mallorca y Tenerife; 1 en las islas menores; 2 en Ceuta y 2 en Melilla |
| Entrada en vigor | El mismo día de su publicación en el BOE |
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 2016 | Junio | Elecciones generales el 26 de junio tras la repetición electoral, con las Cámaras constituidas el 19 de julio. |
| 2019 | Abril | Elecciones el 28 de abril, con campaña del 12 al 26 de abril y sesiones constitutivas el 21 de mayo. |
| 2019 | Noviembre | Repetición electoral el 10 de noviembre, con una campaña de solo ocho días y Cámaras constituidas el 3 de diciembre. |
| 2023 | Julio | Elecciones el 23 de julio, con campaña del 7 al 21 de julio y Cámaras constituidas el 17 de agosto. |
| 2026 | Octubre | El Real Decreto 806/2026 disuelve las Cortes elegidas en 2023 y convoca elecciones para el 29 de noviembre. |
| 2026 | Noviembre | Campaña del 13 al 27 y jornada electoral el domingo 29. |
| 2026 | Diciembre | Sesiones constitutivas del Congreso y del Senado el día 23 a las diez horas. |
España acumula más de una década de ciclos electorales encadenados: a las elecciones de diciembre de 2015 siguieron la repetición de junio de 2016, las dos citas de 2019 y la de julio de 2023. Cada convocatoria se ha tramitado mediante un real decreto de disolución con una estructura casi idéntica, lo que hace muy fácil comparar los calendarios y los repartos de escaños entre comicios. 📚
La diferencia esencial respecto a esos precedentes es el momento: aquí no se agota el mandato, sino que se interrumpe antes de tiempo invocando el artículo 115 de la Constitución, el mismo mecanismo utilizado en 2019 y en 2023. El real decreto es, en la práctica, el pistoletazo de salida de todo el sistema electoral: sin él no hay candidaturas, ni campaña, ni mesas. 🧩
Con el decreto en vigor desde su publicación en el BOE, se activa el calendario de la ley electoral: plazos de presentación y proclamación de candidaturas, sorteo de las papeletas, reparto de espacios informativos y de propaganda, y constitución de las mesas electorales. La campaña arrancará a las cero horas del viernes 13 de noviembre y se cerrará a las veinticuatro horas del viernes 27. ⏳
El domingo 29 de noviembre se celebrará la votación y, una vez proclamados los resultados, el Congreso y el Senado se reunirán en sesiones constitutivas el 23 de diciembre a las diez horas. A partir de esa fecha se abrirá el proceso de consultas y, en su caso, el debate de investidura del próximo presidente del Gobierno, el paso que determinará si la nueva legislatura arranca con estabilidad o encadena otro bloqueo. 🔭
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