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Lo que pasó: Lanzarote aprueba definitivamente el nuevo reglamento de su órgano de evaluación ambiental. 🌱
A quién afecta: A promotores públicos y privados de planes, programas y proyectos, a los ayuntamientos de la isla, al propio Cabildo y a la ciudadanía que vive o invierte en el territorio.
Cuándo cambia/ocurre: El anuncio se publicó en el Boletín Oficial de Canarias el 29 de septiembre de 2026; la norma entrará en vigor a los 15 días hábiles de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. ⏳
El Boletín Oficial de Canarias ha dado a conocer la aprobación definitiva de la modificación del Reglamento Orgánico que crea y regula el Órgano de Evaluación Ambiental Insular (OEAI) de Lanzarote y La Graciosa. El anuncio, fechado el 17 de septiembre de 2026 y difundido el martes 29 de septiembre, cierra un proceso abierto por el Pleno el 25 de junio y que pasó por exposición pública sin recibir ni una sola reclamación ni sugerencia. ✅
La norma redefine la composición, las funciones y el funcionamiento de un órgano decisivo: es el que evalúa ambientalmente los planes, programas y proyectos de la isla antes de que se aprueben. Sus dos grandes novedades son la creación de una Comisión Permanente de Estudios y Emisión de Informes y de una Oficina de Apoyo administrativo, técnico y jurídico con personal cualificado. 🔍
🔹 Causa 1 — Una exigencia legal ineludible: la Ley 21/2013 de evaluación ambiental y la Ley 4/2017 del Suelo y los Espacios Naturales Protegidos de Canarias obligan a que quien evalúa no sea quien aprueba. Esa separación funcional y orgánica respecto del órgano sustantivo es el eje de todo el texto. ⚖️
🔹 Causa 2 — Más agilidad y especialización: la antelación mínima de convocatoria baja de cuatro días hábiles a 48 horas (24 en sesiones urgentes), desaparece la obligación de reunirse cada dos meses y el análisis técnico se concentra en una comisión especializada y en una oficina de apoyo dedicada. ⏱️
🔹 Causa 3 — Reforzar la independencia: el órgano pasa a adscribirse al Área de Presidencia del Cabildo, se amplía el perfil de quien ejerza la Secretaría —ya no se limita al funcionariado de la Corporación, sino al de cualquier administración pública— y se endurece el régimen de incompatibilidades, con mandatos de cinco años renovables. 🛡️
🔹 Causa 4 — Dos años de rodaje: el reglamento original se aprobó en febrero de 2024 y se publicó en marzo de ese año. La experiencia acumulada desde entonces ha aconsejado ajustar la estructura del órgano a la carga real de expedientes. 📈
Si eres promotor de un plan, programa o proyecto: tu expediente se evaluará en la isla con plazos y un órgano de referencia claros, y conviene que sepas que las declaraciones e informes ambientales no admiten recurso directo, aunque sí cabe impugnar después la aprobación del plan o la autorización del proyecto. 🏗️
Si eres un ayuntamiento de Lanzarote o de La Graciosa: puedes delegar tu competencia ambiental en el OEAI o firmar un convenio de encomienda para los aspectos técnicos y materiales, lo que evita tener que montar una estructura propia. 🏛️
Si eres residente o propietario: gana peso la protección del medio ambiente insular, la sostenibilidad en la toma de decisiones y la prevención de impactos en el territorio; además, los informes y declaraciones ambientales deberán publicarse por transparencia. 🌊
Si eres empleado público: las vocalías se cubren entre personal con formación acreditada y derecho a dieta por asistencia, mientras los puestos de la Oficina de Apoyo se dotarán mediante la modificación de plantilla y relación de puestos de trabajo, dentro de los límites presupuestarios vigentes. 💼
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Fecha clave | 29 de septiembre de 2026, publicación del anuncio en el BOC |
| Aprobación inicial | Pleno ordinario del 25 de junio de 2026 |
| Exposición pública | BOP de Las Palmas n.º 79, de 3 de julio de 2026, sin reclamaciones |
| Entrada en vigor | A los 15 días hábiles de su publicación íntegra en el BOP de Las Palmas |
| Composición | Presidencia, Secretaría y cuatro vocalías, con sus suplentes |
| Mandato | Cinco años, renovable por períodos de igual duración |
| Quórum de sesión | Cuatro integrantes con derecho a voto en primera convocatoria; tres en segunda |
| Antelación de convocatoria | 48 horas (24 en sesiones extraordinarias y urgentes) |
| Ámbito de actuación | Islas de Lanzarote y La Graciosa |
| Norma habilitante | Ley 21/2013 y artículo 86.6 y disposición adicional primera de la Ley 4/2017 |
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 2024 | Febrero | El Pleno del Cabildo aprueba definitivamente el reglamento original que crea y regula el órgano ambiental insular. |
| 2024 | Marzo | El Boletín Oficial de Canarias publica el texto íntegro del reglamento fundacional, que entra en vigor quince días hábiles después. |
| 2026 | Junio | El Pleno, en sesión ordinaria del día 25, aprueba inicialmente la modificación del reglamento. |
| 2026 | Julio | La aprobación inicial se somete a exposición pública en el BOP de Las Palmas sin recibir alegaciones ni sugerencias. |
| 2026 | Septiembre | El día 17 se emite el anuncio de aprobación definitiva y el día 29 se publica en el Boletín Oficial de Canarias. |
El órgano se creó en 2024 como desarrollo de la Ley 4/2017, que faculta a los cabildos a designar su propio órgano ambiental insular, y de la Ley 21/2013, que exige separar a quien evalúa de quien aprueba. Hasta ahora actuaba adscrito al área competente en política territorial; la modificación lo traslada al Área de Presidencia y dota al órgano de una estructura técnica estable. 🧭
En la práctica, el OEAI emite informes y declaraciones ambientales estratégicas sobre planes y programas, e informes y declaraciones de impacto ambiental sobre proyectos, tanto de iniciativa pública como privada, incluidos los promovidos por organismos dependientes del propio Cabildo. El texto también prevé que el Pleno vele por la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los nombramientos. ♀️♂️
El primer paso es publicar el reglamento íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas y, a partir de ahí, contar los quince días hábiles para su entrada en vigor, previsiblemente ya bien avanzado el mes de octubre de 2026. 🗓️
Después llegará el momento de la verdad: el Pleno deberá designar nominalmente, por mayoría absoluta y a propuesta de la Presidencia del Cabildo, a las personas que ocupen la Presidencia, la Secretaría y las cuatro vocalías, con sus suplentes, además de constituir la Oficina de Apoyo y la Comisión Permanente de Estudios y Emisión de Informes. La cobertura de esos puestos exigirá modificar la plantilla y la relación de puestos de trabajo, siempre dentro de las limitaciones presupuestarias en vigor. ⚙️
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