Herramienta de localización de publicaciones y referencias en boletines oficiales mediante análisis de similitud semántica a partir de un texto, disposición o temática de consulta.
Lo que pasó: 🏛️ La Rioja adjudica por libre designación un puesto vacante en su Administración General.
A quién afecta: 👥 Al personal funcionario de la comunidad autónoma y a los aspirantes que concurrieron a la convocatoria.
Cuándo cambia/ocurre: 🗓️ Entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
La Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno ha resuelto la convocatoria de libre designación LD.09/26 y ha adjudicado el puesto vacante que se había ofertado en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja. 📄 La convocatoria se había lanzado mediante la resolución 1940/2026, de 17 de agosto, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 158, de 19 de agosto de 2026.
La resolución de adjudicación, fechada el 14 de septiembre de 2026 con el número 2197/2026, ordena además a la correspondiente Secretaría General Técnica que diligencie el cese en el destino actual de la persona seleccionada y su toma de posesión en el nuevo puesto, en los términos previstos en la normativa de función pública. ✅
🔹 Causa 1: Existía un puesto vacante en la Administración General de La Rioja que, por sus características, está clasificado para cubrirse mediante el sistema de libre designación, un procedimiento reservado a determinados puestos de especial responsabilidad o confianza. 🎯
🔹 Causa 2: La convocatoria pública se hizo conforme al artículo 96 de la Ley 9/2023, de 5 de mayo, de Función Pública de La Rioja, y al Decreto 78/1991, que regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario autonómico. 📚
🔹 Causa 3: Tras el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente debía resolver y formalizar la adjudicación para que el nuevo destino no quedara bloqueado más tiempo. ⏳
Si eres personal funcionario de la comunidad autónoma: 👔 La adjudicación libera un puesto y activa los trámites de cese y toma de posesión, lo que puede abrir movilidad en la unidad de origen y en la de destino.
Si concurriste a la convocatoria LD.09/26: 📬 Ya conoces el resultado del proceso y dispones de los plazos legales para impugnar la resolución si consideras que tus derechos o expectativas han podido verse afectados.
Si eres ciudadano o trabajas con la Administración riojana: 🏢 El puesto queda cubierto, lo que en la práctica se traduce en continuidad del servicio público y en una estructura orgánica completa.
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Referencia del proceso | LD.09/26 |
| Número de puestos adjudicados | 1 puesto vacante |
| Fecha de la resolución | 14 de septiembre de 2026 |
| Órgano que resuelve | Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno |
| Convocatoria de origen | Resolución 1940/2026, de 17 de agosto (BOR nº 158, de 19 de agosto de 2026) |
| Entrada en vigor | Día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja |
| Fin de la vía administrativa | Sí, según el artículo 45 de la Ley 4/2005 |
| Recurso potestativo de reposición | 1 mes desde el día siguiente a la publicación |
| Recurso contencioso-administrativo | 2 meses desde el día siguiente a la notificación |
| Ámbito territorial | Comunidad Autónoma de La Rioja |
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 1991 | Noviembre | El Decreto 78/1991 establece las reglas de provisión de puestos del personal funcionario autonómico. |
| 2023 | Mayo | La Ley 9/2023, de Función Pública de La Rioja, fija el marco vigente de la libre designación en su artículo 96. |
| 2026 | Agosto | La resolución 1940/2026, de 17 de agosto, convoca el puesto vacante por libre designación y se publica en el BOR nº 158 del día 19. |
| 2026 | Septiembre | La resolución 2197/2026, de 14 de septiembre, adjudica el puesto y ordena el cese y la toma de posesión. |
La libre designación es un sistema de provisión de puestos reservado a determinados empleos públicos en los que prima la confianza y la especial responsabilidad, y en el que el órgano competente elige entre el personal funcionario que cumple los requisitos. 🧩 Se diferencia de los concursos, donde la selección se resuelve mediante la valoración objetiva de méritos.
En La Rioja ese procedimiento se rige por la Ley autonómica de Función Pública y por el Decreto 78/1991, mientras que la Ley 4/2005 delimita cuándo una resolución administrativa pone fin a la vía administrativa, lo que marca los recursos disponibles. 📖
Con la resolución ya dictada, los siguientes pasos son administrativos: la Secretaría General Técnica correspondiente tramitará el cese en el destino actual y la toma de posesión en el puesto adjudicado, y remitirá copia a la Dirección General de Función Pública. 🗂️
A partir de la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja se abren los plazos de impugnación: un mes para el recurso potestativo de reposición y dos meses para el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Logroño. ⚖️ Si no se presenta ninguno, la adjudicación quedará firme y el puesto definitivamente cubierto.
Has accedido directamente a este artículo. En la portada de BOE sin paja desglosamos las publicaciones y novedades oficiales de forma resumida, cronológica y clasificada por secciones para que no te pierdas nada.