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Lo que pasó: 🗓️ La Rioja aprueba el calendario oficial de días inhábiles de 2027 para el cómputo de plazos.
A quién afecta: 👥 Administración autonómica, sus organismos públicos y las entidades locales riojanas.
Cuándo cambia/ocurre: ⏳ Desde el 1 de enero de 2027 y durante todo el ejercicio.
La Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno ha dictado una resolución, fechada el 2 de octubre de 2026, por la que se establece el calendario de días inhábiles para el año 2027 a efectos del cómputo de plazos administrativos. Esto significa que, cuando un ciudadano o una empresa tenga que contar un plazo para responder a una administración pública riojana, no contarán los sábados, ni los domingos, ni los doce festivos recogidos en la resolución. 📆
El ámbito de aplicación abarca la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, sus organismos públicos cuando ejerzan potestades administrativas y las entidades locales del territorio riojano. Además, en cada municipio serán inhábiles también los días de sus respectivas fiestas locales, tal y como se publicaron en agosto de 2026. La norma ordena además su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja. 📢
🔹 Causa 1: Existe una obligación legal. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 30.7 que las comunidades autónomas fijarán cada año su propio calendario de días inhábiles para el cómputo de plazos, con sujeción al calendario laboral oficial. ⚖️
🔹 Causa 2: El calendario laboral de 2027 ya estaba aprobado. El Consejo de Gobierno dio luz verde a los festivos laborales del ejercicio el 28 de abril de 2026, y su acuerdo se publicó en el Boletín Oficial de La Rioja mediante resolución de finales de ese mismo mes, con fecha de publicación del 8 de mayo de 2026.
🔹 Causa 3: Faltaba incorporar las fiestas locales. Los días de fiesta propios de cada municipio se publicaron el 18 de agosto de 2026 en el Boletín Oficial de La Rioja, por lo que la resolución autonómica debía integrarlos para que los plazos se cuenten igual en toda la comunidad. 🏘️
🔹 Causa 4: La competencia es de la consejería. El decreto de estructura orgánica vigente atribuye a su titular la ordenación de los servicios públicos de la comunidad autónoma, de modo que es el órgano que debe dictar y firmar esta resolución anual. ✍️
Si eres ciudadano o empresario con un trámite abierto: 🧾 Ganas días de margen. Si un plazo administrativo cae en sábado, domingo o festivo, no se descuenta de tu tiempo útil, aunque deberás comprobar el calendario de tu propio municipio para saber si sus fiestas locales también son inhábiles.
Si trabajas en la Administración autonómica o local: 🗂️ Tendrás que ajustar los cómputos de expedientes, notificaciones y respuestas a la nueva lista, teniendo en cuenta que un día inhábil para los plazos no implica por sí solo que las oficinas cierren ni que los registros dejen de ser accesibles.
Si eres un ayuntamiento riojano: 🏛️ Deberás aplicar a los cómputos las dos fiestas locales que cada consistorio tenga reconocidas y publicadas, en lugar de un criterio uniforme para toda la comunidad.
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Fecha de la resolución | 2 de octubre de 2026 |
| Año de aplicación | 2027 (1 de enero a 31 de diciembre) |
| Festivos declarados inhábiles | 12 días |
| Festivos que caen en sábado | 1 de mayo y 25 de diciembre |
| Además excluidos | Sábados y domingos |
| Ámbito | La Rioja: administración autonómica y entidades locales |
| Norma de referencia | Ley 39/2015, artículo 30 |
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 2026 | Abril | El Consejo de Gobierno aprueba el calendario de festivos laborales de 2027 en La Rioja. |
| 2026 | Mayo | Se publica en el Boletín Oficial de La Rioja la resolución con el acuerdo de festivos laborales para 2027. |
| 2026 | Agosto | Se publican las fiestas locales de cada municipio riojano para el ejercicio 2027. |
| 2026 | Octubre | La Consejería de Hacienda dicta la resolución que fija los días inhábiles de 2027 y ordena su publicación oficial. |
| 2027 | Enero | El calendario entra en vigor y rige el cómputo de plazos administrativos durante todo el año. |
Desde la entrada en vigor de la Ley 39/2015, cada comunidad autónoma publica todos los años un calendario propio de días inhábiles que unifica los festivos estatales, autonómicos y locales a efectos de contar plazos. La novedad que introdujo esa norma fue precisamente excluir los sábados, algo que antes no ocurría. La Rioja viene dictando esta resolución de forma ininterrumpida desde 2016, adaptando cada ejercicio la lista a cómo caen las fiestas en el calendario. 🧭
Conviene no confundir dos cosas: que un día sea inhábil para contar plazos no quiere decir que ese día cierren las oficinas públicas, que se altere la jornada laboral o que los ciudadanos no puedan acceder a los registros. La propia ley lo aclara expresamente. 🔎
En 2027 hay un detalle llamativo: la Asunción de la Virgen, que en años anteriores aparecía en la lista, no figura este vez porque el 15 de agosto cae en domingo, un día ya inhábil de por sí. Sin embargo, sí se pierden por calendario dos festivos que caen en sábado: la Fiesta del Trabajo y la Natividad. 🎯
Tras la firma de la resolución, el siguiente paso es su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, trámite que la propia norma ordena y que da validez general al calendario. A partir de ahí, quedará plenamente vigente desde el 1 de enero de 2027. 📜
Durante todo el ejercicio, administraciones y ciudadanos deberán consultar la lista general y, además, el detalle de fiestas locales de cada municipio, ya que esos dos días añadidos varían de un ayuntamiento a otro. La previsión es que el próximo año se repita el mismo procedimiento para preparar el calendario de 2028. 🔄
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