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Lo que pasó: Notifican la expropiación de 13 parcelas para obras de agua y saneamiento 💧
A quién afecta: Propietarios de terrenos en Santo Domingo de la Calzada, Cirueña y Viguera.
Cuándo cambia/ocurre: El plazo de 10 días se abre tras la publicación de la notificación, fechada el 14 de septiembre de 2026 ⏳
Lo que pasó: El Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja notifica la expropiación de 13 parcelas para obras hidráulicas 💧
A quién afecta: Propietarios de terrenos en Santo Domingo de la Calzada, Cirueña y Viguera.
Cuándo cambia/ocurre: El plazo de 10 días se abre tras la publicación de la notificación, fechada el 14 de septiembre de 2026 ⏳
El Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja ha hecho pública una notificación correspondiente a un expediente de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras de abastecimiento de agua a diversos municipios, dentro del sistema Oja Tirón, en su ramal de Cirueña, así como por las obras de saneamiento y depuración. 🚰
El organismo ha remitido a los propietarios afectados una hoja de aprecio con la valoración económica que la Administración hace de sus terrenos. Los dueños disponen ahora de un plazo de diez días para aceptarla o rechazarla expresamente. 🧾
🔹 Causa 1: Las obras de abastecimiento y saneamiento exigen ocupar terrenos de titularidad privada, lo que obliga a tramitar una expropiación forzosa para disponer legalmente de esos suelos.
🔹 Causa 2: Los propietarios no presentaron en plazo su propia hoja de aprecio, tal y como exige la Ley de Expropiación Forzosa, por lo que la Administración ha tenido que redactar y remitir la suya.
🔹 Causa 3: La notificación se publica por vía oficial al no haberse podido practicar la comunicación individual a algunos interesados, desconocidos o de domicilio ignorado.
Si eres propietario de una de las parcelas afectadas: Tienes diez días desde la publicación para aceptar la hoja de aprecio o rechazarla expresamente. Guarda toda la documentación y revisa el importe asignado a tu terreno. 📋
Si resides en los municipios afectados: Las obras buscan mejorar el abastecimiento de agua y el saneamiento de la zona, un servicio esencial que llegará con el avance de los trabajos. 🏘️
Si no respondes: La falta de pronunciamiento expreso se entenderá como rechazo y el expediente pasará automáticamente al Jurado Provincial de Expropiación. ⚖️
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Fecha de la resolución | 14 de septiembre de 2026 |
| Plazo para aceptar o rechazar | 10 días hábiles |
| Parcelas afectadas | 13 terrenos |
| Importe total de las hojas de aprecio | Cerca de 1.502 euros |
| Municipios afectados | Santo Domingo de la Calzada, Cirueña y Viguera |
| Órgano decisor si hay rechazo | Jurado Provincial de Expropiación |
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 1954 | Diciembre | Se aprueba la Ley de Expropiación Forzosa que rige el procedimiento. |
| 2000 | Octubre | La Ley 5/2000 reconoce al Consorcio las potestades para expropiar. |
| 2019 | Noviembre | La Junta de Gobierno delega competencias en el Consorcio. |
| 2026 | Septiembre | El Consorcio notifica la expropiación y remite la hoja de aprecio a los afectados. |
La expropiación forzosa es el mecanismo legal que permite a una administración hacerse con terrenos privados para ejecutar obras de interés general, a cambio de una compensación económica. En este caso, el objetivo es ampliar y mejorar las redes de agua y saneamiento en el sistema Oja Tirón y su ramal de Cirueña. 🛠️
El Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja actúa amparado por la Disposición Adicional Primera de la Ley 5/2000 y por las competencias que le delegó su Junta de Gobierno. La notificación se publica oficialmente para llegar a los titulares que no pudieron ser localizados. 📢
Una vez publicado el anuncio, se abre el plazo de diez días para que cada propietario acepte o rechace la hoja de aprecio de la Administración. Si no hay respuesta o el rechazo es expreso, el expediente de justiprecio se remitirá al Jurado Provincial de Expropiación, que fijará el precio justo de forma ejecutoria en vía administrativa. ⏭️
A partir de ahí, los afectados aún podrán recurrir por vía judicial el importe fijado si no lo consideran adecuado, mientras las obras de agua y saneamiento seguirán avanzando. ⚖️💧
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