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Lo que pasó: La Rioja aprueba ambientalmente el nuevo Plan General Municipal de Baños de Río Tobía ✅
A quién afecta: A los 1.589 vecinos, propietarios, empresas, ganaderos y agricultores del municipio 👥
Cuándo cambia/ocurre: Resolución firmada el 23 de septiembre de 2026 ⏳
La Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua del Gobierno de La Rioja ha formulado la declaración ambiental estratégica favorable del Plan General Municipal de Baños de Río Tobía, un municipio de 1.589 habitantes (2022) situado en la Rioja Alta, en la zona media-alta del valle del río Najerilla. La resolución, firmada el 23 de septiembre de 2026 y registrada con el expediente EAE 19/2022, pone fin al procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria que arrancó en abril de 2022 y que había quedado interrumpido por un archivo posteriormente corregido en vía administrativa. 📄
El visto bueno ambiental no es un cheque en blanco: queda condicionado al cumplimiento íntegro de las medidas protectoras y correctoras del Estudio Ambiental Estratégico y a una batería de prescripciones sobre el sistema hídrico, la calidad de las aguas, la salud pública, el cambio climático, los residuos, el ruido y el control de actividades. 🌿 El documento ordena el término municipal en suelo urbano (70,7 hectáreas), urbanizable (145,8) y no urbanizable (1.563,3), con ocho categorías de protección especial y cuatro genéricas.
🔹 Causa 1: un planeamiento que se había quedado viejo. El municipio sigue rigiéndose por un Plan General cuya aprobación definitiva se publicó en el Boletín Oficial de La Rioja el 23 de enero de 2007. Adaptarlo a la normativa urbanística actual y a las necesidades reales del pueblo era el objetivo declarado del nuevo documento.
🔹 Causa 2: la ley obliga a pasar por esta evaluación. Al tratarse de un plan que fija el marco para futuras autorizaciones de proyectos sometidos a impacto ambiental, la Ley 21/2013 de evaluación ambiental exige el procedimiento ordinario, el más exigente, que concluye precisamente con esta declaración.
🔹 Causa 3: un territorio con muchos valores que proteger. El río Najerilla atraviesa el municipio de sur a norte y condiciona toda su orografía. A ello se suman el encinar-quejigar catalogado, el Monte de Utilidad Pública nº 168, hábitats de interés comunitario, especies amenazadas como el alimoche y el visón europeo, vías pecuarias y un riesgo de inundación identificado como el factor más limitante. 🌊
🔹 Causa 4: los informes sectoriales obligaron a rectificar. Medio Natural y Paisaje, Emergencias y Protección Civil, Infraestructuras, Cultura y el propio órgano ambiental informaron inicialmente en sentido desfavorable. El Ayuntamiento subsanó deficiencias y logró informes favorables entre 2024 y 2025, incluido el de la Confederación Hidrográfica del Ebro en septiembre de 2025.
🔹 Causa 5: un recurso de alzada resucitó el expediente. La tramitación fue archivada en marzo de 2023 por desistimiento; el Consistorio recurrió y una resolución de febrero de 2024 estimó parcialmente el recurso y retrotrajo el procedimiento al punto de partida, permitiendo rehacerlo con garantías. ⚖️
Si eres vecino o propietario de una vivienda: el nuevo plan reordena el casco tradicional, las ampliaciones de casco y las zonas residenciales y de dotaciones. Las licencias de nueva vivienda, usos hospitalarios, educativos o culturales quedan sujetas a que se cumplan los objetivos de calidad acústica; en la práctica, no se podrá construir donde el ruido supere los límites legales. 🏠
Si tienes una actividad industrial, ganadera o agroalimentaria: su instalación, ubicación o ampliación quedará supeditada a las ordenanzas municipales y, en su defecto, a una distancia mínima de 500 metros desde el límite del suelo urbano o urbanizable con usos sensibles hasta las instalaciones que generen molestias, riesgos o contaminación. 🏭
Si eres agricultor o titular de terrenos forestales: la mayor parte del término (1.563 hectáreas) se mantiene como suelo no urbanizable, con protección específica para el área agraria del Najerilla, las riberas de interés ecológico, cauces y barrancos y los montes de utilidad pública. Los nuevos desarrollos deberán respetar esas limitaciones. 🚜
Si eres promotor o constructora: hay 145,8 hectáreas de suelo urbanizable, delimitado y no delimitado, pero cada desarrollo posterior tendrá que pasar por los instrumentos de prevención ambiental que le correspondan. La declaración estratégica no exime de ningún trámite sectorial. 🏗️
Si eres consumidor de agua del municipio: el Ayuntamiento deberá aprobar normas que limiten granjas cercanas al casco, elaborar un plan de fugas y una evaluación de fugas estructurales en la red, identificar a la población vulnerable en el acceso al agua potable y promover el Plan Sanitario del Agua municipal. 💧
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Fecha de la resolución | 23 de septiembre de 2026 |
| Órgano que la emite | Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua |
| Expediente | EAE 19/2022 (evaluación ordinaria) |
| Promotor | Ayuntamiento de Baños de Río Tobía |
| Superficie del término municipal | 17,50 km² |
| Suelo urbano | 70,706 ha (11 zonas de ordenación) |
| Suelo urbanizable | 145,804 ha (delimitado y no delimitado) |
| Suelo no urbanizable | 1.563,285 ha (342,651 especiales / 1.220,634 genéricos) |
| Población de partida | 1.589 habitantes (2022) |
| Población máxima prevista | En torno a 10.000 habitantes |
| Alegaciones recibidas | 3 |
| Vigencia de la declaración | 2 años para aprobar definitivamente el plan |
| Seguimiento ambiental | Informe cuatrienal obligatorio |
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 2022 | Abril | El Ayuntamiento remite la solicitud y el documento inicial estratégico e inicia la evaluación ambiental estratégica ordinaria. |
| 2022 | Junio | El órgano ambiental aprueba el documento de alcance que fija el contenido del estudio ambiental. |
| 2023 | Marzo | Una resolución declara el desistimiento y archiva el expediente EAE 19/2022. |
| 2023 | Abril | El Ayuntamiento interpone recurso de alzada contra el archivo. |
| 2024 | Febrero | El recurso se estima parcialmente y el procedimiento se retrotrae al momento inicial. |
| 2024 | Julio | La aprobación inicial del plan y su estudio ambiental se someten a 45 días de información pública. |
| 2024-2025 | Agosto a marzo | Llegan informes sectoriales, varios desfavorables, que se van subsanando hasta obtener el visto bueno. |
| 2025 | Septiembre | La Confederación Hidrográfica del Ebro informa favorablemente con medidas preventivas; Agricultura y Ganadería no formula observaciones. |
| 2025 | Octubre | El Ayuntamiento solicita formalmente el análisis técnico del expediente. |
| 2025 | Diciembre | Se remite la documentación complementaria requerida por el órgano ambiental. |
| 2026 | Septiembre | Los días 15 y 16 se completa el expediente, el 17 se emite informe favorable y el 23 se firma la declaración ambiental estratégica. |
Baños de Río Tobía limita con siete municipios riojanos y su término está atravesado por el Najerilla, un condicionante que explica tanto la riqueza ambiental del entorno como su exposición a las inundaciones. La revisión del planeamiento viene de lejos: su aprobación inicial se publicó en el Boletín Oficial de La Rioja en julio de 2021 y, mientras se tramitaba, el Consistorio ha ido aprobando modificaciones puntuales para usos concretos, como una residencia de personas mayores o el cambio de calificación de naves industriales en suelo residencial. 🏘️
La declaración ambiental estratégica es el informe preceptivo y determinante con el que concluye la evaluación ordinaria y no puede ser recurrida por sí sola: los recursos, si los hay, se dirigirán contra la aprobación del propio plan. Se trata además de un procedimiento habitual en la comunidad: otros municipios riojanos, como Arrúbal, están recorriendo el mismo camino para actualizar sus planes generales. 📚
El siguiente hito es la aprobación definitiva del Plan General Municipal, que corresponde a la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja. El reloj ya corre: la declaración perderá su vigencia y dejará de producir efectos si el plan no se aprueba definitivamente en un plazo máximo de dos años desde su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja. ⏱️
Antes de desarrollar el planeamiento, el Ayuntamiento deberá atender las prescripciones de la Confederación Hidrográfica del Ebro, incluido el informe sobre afecciones al dominio público hidráulico, al régimen de corrientes y a la suficiencia de recursos hídricos, y estar a lo que disponga la dirección técnica del organismo sobre infraestructuras como el canal de la margen izquierda del Najerilla. También deberá ajustar los permisos de vertido y garantizar capacidad de depuración suficiente. 💧
Una vez en vigor, el Ayuntamiento tendrá que elaborar un informe de seguimiento cuatrienal sobre el cumplimiento de la declaración, con un listado de comprobación de las medidas del programa de vigilancia ambiental y un análisis de la evolución de la huella de carbono, que deberá hacerse público en su sede electrónica. Cada nuevo desarrollo o proyecto derivado del plan pasará, además, por los instrumentos de prevención ambiental que le correspondan. 🔎
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