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Lo que pasó: La Dirección General de Tributos aprobó el registro de autorizaciones de máquinas de juego y la tasa del cuarto trimestre de 2026 📋
A quién afecta: A los titulares de autorizaciones de explotación de máquinas de juego en La Rioja y a los sujetos pasivos de la tasa 🎰
Cuándo cambia/ocurre: La resolución se publicó el 8 de octubre de 2026 y el pago se realizará entre el 1 y el 21 de enero de 2027 📅
La Dirección General de Tributos de La Rioja ha dictado la resolución 4/2026, de 8 de octubre, por la que se aprueba el Registro de autorizaciones de explotación de máquinas de juego y su correspondiente tasa fiscal sobre juegos de suerte, envite o azar del cuarto trimestre de 2026. El registro se expone al público durante diez días para que los interesados puedan examinarlo y formular alegaciones.
La publicación produce los efectos de notificación colectiva de la liquidación, y el pago se realizará de forma telemática entre el 1 y el 21 de enero de 2027 mediante el modelo 094. Se concede un plazo de un mes para interponer recurso potestativo de reposición o reclamación económico-administrativa.
🔹 Causa 1: El artículo 67 de la Ley 10/2017, de 27 de octubre, establece que la gestión tributaria de la tasa sobre juegos de suerte, envite o azar en caso de explotación de máquinas de juego debe realizarse a partir de un registro o censo que comprenda todas las autorizaciones en vigor en La Rioja, así como las cuotas fijas según tipología y número de jugadores.
🔹 Causa 2: El registro se aprueba antes de expedir las liquidaciones de cada período de devengo y se publica en el Boletín Oficial de La Rioja dentro del primer mes del trimestre natural para que los sujetos pasivos puedan examinarlo y presentar alegaciones en el plazo de diez días.
🔹 Causa 3: El registro se actualiza con las variaciones que se producen en la situación administrativa de las autorizaciones, aunque su efectividad se materializa en el siguiente período impositivo trimestral, lo que garantiza la coherencia del censo.
Si eres titular de una autorización de explotación de máquinas de juego: Debes revisar el registro expuesto para comprobar que tus datos y cuotas son correctos, y si no estás de acuerdo, puedes presentar alegaciones en el plazo de diez días. Después, deberás pagar la tasa entre el 1 y el 21 de enero de 2027 por vía telemática con el modelo 094.
Si eres un sujeto pasivo de la tasa: La publicación de la resolución equivale a la notificación colectiva de la liquidación, por lo que el plazo de pago comienza en enero de 2027. Además, tendrás un mes desde el fin del período de alegaciones para recurrir potestativamente o reclamar ante el Tribunal Económico-Administrativo de La Rioja.
Si eres trabajador o usuario del sector del juego: La actualización del censo y la liquidación trimestral afectan a la operativa de las máquinas de juego en la comunidad, aunque el procedimiento es fundamentalmente administrativo y tributario.
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Fecha clave | 8 de octubre de 2026 |
| Plazo de alegaciones | 10 días desde la publicación en el BOR |
| Período de pago | Del 1 al 21 de enero de 2027 |
| Modelo de pago | 094 |
| Lugar de exposición | Calle Portales, 46, Logroño |
| Plazo de recurso | 1 mes desde el fin de las alegaciones |
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 2017 | Octubre | Entra en vigor la Ley 10/2017, que consolida las disposiciones sobre impuestos propios y tributos cedidos en La Rioja. |
| 2026 | Enero | Se aprueba la resolución 1/2026 del registro y la tasa del primer trimestre de 2026. |
| 2026 | Abril | Se aprueba la resolución 2/2026 del registro y la tasa del segundo trimestre de 2026. |
| 2026 | Julio | Se aprueba la resolución 3/2026 del registro y la tasa del tercer trimestre de 2026. |
| 2026 | Octubre | Se aprueba la resolución 4/2026 del registro y la tasa del cuarto trimestre de 2026, con exposición pública de diez días. |
| 2027 | Enero | Pago telemático de la liquidación del cuarto trimestre de 2026 mediante el modelo 094. |
La gestión de la tasa sobre juegos de suerte, envite o azar en La Rioja se realiza a través de un registro o censo actualizado trimestralmente. Este mecanismo permite que la Administración notifique colectivamente las liquidaciones y que los sujetos pasivos puedan revisar sus datos antes de pagar. La resolución se publica en el Boletín Oficial de La Rioja y la atención presencial se presta en la sede de la Dirección General de Tributos, en la calle Portales de Logroño.
Primero, se abre el plazo de diez días de exposición pública para alegaciones. Después, los interesados tendrán un mes para recurrir potestativamente o reclamar económico-administrativamente. El pago de la tasa deberá realizarse entre el 1 y el 21 de enero de 2027 de forma telemática. La próxima resolución, correspondiente al primer trimestre de 2027, se aprobará previsiblemente en enero de 2027.
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