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Lo que pasó: Dos aspirantes renuncian al proceso selectivo de 30 plazas.
A quién afecta: A los opositores admitidos y a la Administración convocante.
Cuándo cambia/ocurre: Órdenes firmadas el 3 de septiembre de 2026 y publicadas el 9.
La Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla ha aceptado las renuncias presentadas por dos aspirantes que habían solicitado participar en el proceso selectivo para la provisión en propiedad de 30 plazas de Auxiliar Administrativo, personal funcionario, mediante el sistema de oposición libre. Ambas renuncias se formalizaron por escrito y dieron lugar a dos órdenes distintas, registradas con los números 2026004079 y 2026004080 y fechadas el 3 de septiembre de 2026.
Como consecuencia directa de esa decisión, los dos solicitantes quedan excluidos de la lista de aspirantes admitidos del mencionado proceso, que se tramita bajo el expediente 14342/2026. La medida no altera el número de plazas convocadas ni las bases que rigen la convocatoria, pero sí modifica el censo de participantes que competirán por las 30 plazas ofertadas. 📄
🔹 Motivo 1: Decisión voluntaria de los aspirantes. El detonante es la presentación de sendos escritos de renuncia por parte de los dos interesados, que manifestaron su voluntad de no continuar en el proceso selectivo. La Administración se limita a dar respuesta formal a esa petición.
🔹 Motivo 2: Obligación legal de resolver y depurar la lista. Al existir una renuncia expresa, la consejería competente debía dictar resolución para aceptarla y reflejar el efecto inmediato previsto en las bases: la exclusión del aspirante del listado de admitidos.
🔹 Motivo 3: Garantía de igualdad y transparencia. Depurar la lista evita que personas que ya no desean participar sigan computando en el proceso, lo que aporta seguridad jurídica al resto de opositores y a la propia Administración. ⚖️
Si eres aspirante admitido: El número de competidores se reduce en dos personas, aunque las 30 plazas siguen en juego y las pruebas se regirán por las mismas bases publicadas en su día. Las listas definitivas de admitidos son las que marcan la referencia real.
Si eres uno de los dos renunciantes: Tu nombre desaparece de la relación de admitidos y no podrás ser convocado a las pruebas, salvo que recurras la decisión dentro de plazo o se acepte una eventual reincorporación, si la normativa lo permitiera.
Si eres ciudadano o usuario de los servicios administrativos: El proceso sigue su curso y desembocará en la incorporación de nuevo personal funcionario, lo que puede traducirse en una atención administrativa más ágil a medio plazo. 🏛️
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Plazas convocadas | 30 plazas de Auxiliar Administrativo |
| Sistema de selección | Oposición libre |
| Vínculo | Personal funcionario |
| Fecha de las órdenes de renuncia | 3 de septiembre de 2026 |
| Fecha de publicación | 9 de septiembre de 2026 |
| Números de resolución | 2026004079 y 2026004080 |
| Expediente | 14342/2026 |
| Renuncias aceptadas | 2 aspirantes |
| Plazo de recurso de alzada | 1 mes desde la publicación |
| Plazo máximo para resolver el recurso | 3 meses |
| Ámbito | Ciudad Autónoma de Melilla |
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 2024 | Noviembre | Publicación de la convocatoria del proceso selectivo de 30 plazas de Auxiliar Administrativo por oposición libre. |
| 2026 | Abril | Se publica una modificación de las bases de la convocatoria en el boletín oficial correspondiente. |
| 2026 | Septiembre | Dos aspirantes presentan su renuncia al proceso y la consejería competente dicta dos órdenes el día 3 aceptándolas. |
| 2026 | Septiembre | El día 9 se publican ambas resoluciones, lo que activa la exclusión de los dos aspirantes de la lista de admitidos. |
| 2026 | Septiembre | A partir del día 10 comienza el plazo de un mes para interponer recurso de alzada contra las órdenes. |
El proceso selectivo se rige por las bases publicadas en el boletín oficial de la ciudad en noviembre de 2024, posteriormente modificadas en abril de 2026. Las renuncias son un trámite habitual en este tipo de convocatorias: los aspirantes pueden abandonar el procedimiento en cualquier momento antes de su finalización, y la Administración está obligada a dictar una resolución expresa aceptando esa salida y actualizando las listas.
La exclusión de la lista de admitidos no reabre el plazo de inscripción ni reduce las plazas ofertadas: simplemente ajusta el censo de participantes. Cabe recordar que estas resoluciones no agotan la vía administrativa, por lo que los afectados conservan la posibilidad de impugnarlas. 🔎
Las dos órdenes ya están publicadas, de modo que el plazo de un mes para presentar recurso de alzada se encuentra en curso. Los posibles recursos podrían dirigirse a la propia consejería o al presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico, y la Administración tendría un máximo de tres meses para dictar y notificar su resolución; si no lo hiciera, el recurso se entendería desestimado.
Mientras tanto, el proceso selectivo continúa su calendario ordinario con las 30 plazas intactas y con una lista de admitidos actualizada. Los siguientes hitos a seguir serán la convocatoria de las pruebas y la publicación de los resultados, momentos en los que se comprobará el efecto real de estas dos bajas en la competencia por las plazas. 🗓️
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