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Lo que pasó: La Delegación del Gobierno convoca actas previas por una fotovoltaica de 51,04 MW.
A quién afecta: Titulares de bienes y derechos en seis municipios de Madrid.
Cuándo cambia/ocurre: Del 25 de noviembre al 3 de diciembre de 2026, en dependencias municipales.
La Delegación del Gobierno en Madrid ha convocado el levantamiento de actas previas a la ocupación y, si procediera, la formalización de las actas de ocupación en el procedimiento expropiatorio de la instalación fotovoltaica Quilla Solar, de 51,04 MW, y su infraestructura de evacuación. El proyecto afecta a los términos municipales de Nuevo Baztán, Valverde de Alcalá, Arganda del Rey, Campo Real, Loeches y Pozuelo del Rey, en la Comunidad de Madrid.
El anuncio, firmado el 9 de octubre y publicado en el BOCM el 23 de octubre de 2026, cita a los titulares en dependencias municipales entre el 25 de noviembre y el 3 de diciembre. La publicación sirve también como notificación a los interesados desconocidos o de domicilio ignorado y permite presentar alegaciones para corregir errores en la relación de bienes hasta el momento del acta previa. 📄
🔹 Causa 1: La utilidad pública ya está declarada. La resolución de 2023 y las modificaciones aprobadas en 2025 declararon la utilidad pública del proyecto. Esa declaración lleva implícita la necesidad de ocupar los bienes y la urgente ocupación, lo que activa la vía del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. ⚖️
🔹 Causa 2: La beneficiaria pidió arrancar el procedimiento. La sociedad promotora solicitó en enero y agosto de 2026 el inicio de la tramitación expropiatoria y la convocatoria de las actas. La Delegación del Gobierno debía dar curso a esa petición y fijar fechas para comparecer. 🏛️
🔹 Causa 3: El marco legal de las infraestructuras eléctricas. La Ley del Sector Eléctrico y el reglamento de autorizaciones permiten esta vía urgente para instalaciones de energía eléctrica. El objetivo es agilizar la construcción de plantas renovables y sus infraestructuras de evacuación. 🔌
Si eres propietario de una finca afectada: debes acudir al ayuntamiento que te corresponda con el DNI, la documentación que acredite la titularidad y el último recibo del IBI. En el acto podrás aceptar un mutuo acuerdo o, si no hay acuerdo, recibir la hoja de tasación y el depósito previo para que la ocupación siga adelante. 🏡
Si eres arrendatario, aparcero o acreedor hipotecario: tienes que estar informado y comparecer con el contrato o documento que acredite tu derecho. Si no lo haces, el procedimiento puede seguir sin tu intervención y perderás la oportunidad de defender tu posición en esta fase. 🧾
Si eres vecino de los municipios afectados: el proyecto puede cambiar el paisaje, el uso del suelo y la actividad en el entorno de la planta y su evacuación. Solo tendrás que comparecer si eres titular de algún derecho sobre las fincas incluidas en la relación anexa. 🌄
Si eres promotor o empresa del sector: el anuncio confirma que la utilidad pública permite activar la ocupación urgente y acelerar los plazos. También marca la pauta de lo que puede ocurrir en otros proyectos renovables y de red en la Comunidad de Madrid. 📈
Las cifras y fechas esenciales del procedimiento, en un vistazo. 👇
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Fecha clave | 25 de noviembre de 2026, inicio de las actas previas |
| Potencia | 51,04 MW de potencia instalada |
| Municipios | Nuevo Baztán, Valverde de Alcalá, Arganda del Rey, Campo Real, Loeches y Pozuelo del Rey (Madrid) |
| Expediente | Pfot-172 |
| Actos | Campo Real: 25, 26 y 27 de noviembre; Pozuelo del Rey: 30 de noviembre y 1 de diciembre; Valverde de Alcalá: 2 y 3 de diciembre; Nuevo Baztán: 3 de diciembre |
| Alegaciones | Hasta el levantamiento del acta previa, para subsanar errores en la relación de bienes |
| Publicación | BOCM de 23 de octubre de 2026 |
| Beneficiaria | La sociedad promotora del proyecto fotovoltaico |
Los hitos que explican cómo se ha llegado hasta esta convocatoria. 🗓️
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 2023 | Noviembre | Resolución que otorga la autorización administrativa previa, la autorización de construcción y declara la utilidad pública del proyecto. |
| 2025 | Marzo | Resolución que autoriza la construcción de las modificaciones de la instalación fotovoltaica y su evacuación. |
| 2025 | Mayo | Resolución que declara la utilidad pública de las modificaciones, publicada en junio en el BOE. |
| 2026 | Enero | La sociedad beneficiaria solicita el inicio de la tramitación expropiatoria. |
| 2026 | Agosto | Nueva solicitud para impulsar la convocatoria de actas previas y de ocupación. |
| 2026 | Octubre | El anuncio se firma el 9 de octubre y se publica en el BOCM el 23 de octubre. |
| 2026 | Noviembre | Actas previas en Campo Real los días 25, 26 y 27, y en Pozuelo del Rey los días 30 de noviembre y 1 de diciembre. |
| 2026 | Diciembre | Actas previas en Valverde de Alcalá los días 2 y 3, y en Nuevo Baztán el día 3. |
La expropiación urgente es la vía habitual para implantar infraestructuras eléctricas y renovables cuando la utilidad pública ya está declarada. En 2026, la Delegación del Gobierno en Madrid ha tramitado convocatorias similares para plantas como Cornamusa Solar, de 54,91 MW, en Anchuelo; Varadero Solar, de 47,71 MW, en Arganda del Rey y Loeches; y el conjunto Collarada, Popa y Maladeta en Santorcaz y Anchuelo. También ha activado actas para refuerzos de red, como la línea Moraleja-Villaviciosa y el bypass de Morata. 🧭
Los actos se celebrarán en las dependencias municipales señaladas entre el 25 de noviembre y el 3 de diciembre de 2026. Si hay mutuo acuerdo, se firmará un acta de adquisición con la valoración de los bienes y las indemnizaciones; si no lo hay, se entregará la hoja de tasación y se consignará el depósito previo para que la ocupación pueda ejecutarse. 💶
Después se abrirá la fase de justiprecio y la beneficiaria podrá ocupar las fincas. Los afectados deben llevar el DNI, la nota simple del registro, la escritura o la certificación catastral, el último recibo del IBI y los contratos que acrediten su derecho; pueden acudir con perito o notario a su costa. Si no comparecen, se entenderán las diligencias con el Ministerio Fiscal. ⏳
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