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Lo que pasó: Aragón amplía en 3,65 millones las subvenciones sociales del 0,7 % del IRPF.
A quién afecta: Entidades del Tercer Sector de Acción Social y personas usuarias de servicios sociales.
Cuándo cambia/ocurre: La orden se firmó el 16 de octubre de 2026 y ya se publicó en el Boletín Oficial de Aragón.
Lo que pasó: Aragón sube un 38 % el importe de las subvenciones sociales del 0,7 % del IRPF.
A quién afecta: Entidades del Tercer Sector de Acción Social, ONG y personas que reciben atención sociosanitaria, educativa o de inserción laboral.
Cuándo cambia/ocurre: La orden se firmó el 16 de octubre de 2026 y su publicación en el Boletín Oficial de Aragón no abre nuevo plazo de solicitudes.
El Ejecutivo autonómico ha elevado el techo económico de la convocatoria de subvenciones destinadas a fines de interés social financiadas con la asignación tributaria del 0,7 % del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades. El importe máximo pasa de 9.612.607,18 euros a 13.264.223,23 euros, es decir, 3.651.616,05 euros más, un incremento cercano al 38 % sobre la previsión inicial fijada en abril de 2026.
El nuevo montante se reparte en dos grandes bloques: 9.464.223,23 euros para programas de gasto corriente (atención sociosanitaria y atención a necesidades educativas o de inserción laboral) y 3.800.000 euros para programas de inversión, de los que 3.000.000 se destinan a obras, equipamiento y vehículos adaptados y 800.000 a infraestructura tecnológica y digitalización. La norma aclara que la publicación no permite presentar nuevas solicitudes ni reinicia el reloj administrativo para resolver.
🔹 Causa 1. El reparto estatal llega más alto de lo previsto: el Consejo de Ministros aprobó el 1 de septiembre de 2026 la propuesta de distribución territorial del crédito del 0,7 % para programas de interés social, con una asignación de 13.083.613,20 euros para Aragón, muy por encima de la previsión con la que se convocaron las ayudas en abril.
🔹 Causa 2. Una ampliación de crédito con mayores ingresos: el 8 de octubre se contabilizó el expediente de ampliación de crédito financiado con ingresos adicionales por 3.651.616,05 euros, la cantidad exacta que ahora se incorpora al importe máximo de la convocatoria.
🔹 Causa 3. Ajustes técnicos por ejercicios anteriores: de la asignación estatal se restan 1.728,64 euros ya abonados en 2026 por la estimación de recursos de reposición de la convocatoria de 2025, y se suman 182.338,67 euros de reintegros de entidades beneficiarias de convocatorias previas que quedaban disponibles en la misma partida presupuestaria.
🔹 Causa 4. Un marco legal que lo permite sin nueva convocatoria: el artículo 58.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones autoriza a fijar una cuantía adicional cuando se amplía o genera crédito, y el artículo 19 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón habilita al departamento competente para modificar la convocatoria mediante orden.
Si eres una entidad del Tercer Sector que ya presentó su solicitud: no tienes que hacer nada. No se abre nuevo plazo ni se admiten solicitudes extemporáneas, pero el dinero disponible para repartir crece un 38 %, lo que debería traducirse en porcentajes de financiación más altos o en más programas subvencionados frente a la previsión inicial.
Si eres una persona usuaria o familiar: el refuerzo de la partida de gasto corriente da más margen a los programas de atención sociosanitaria y de inserción educativa y laboral, mientras que los 3,8 millones de inversión permiten obras, equipamiento y tecnología en centros de servicios sociales especializados.
Si representas a una empresa de obras, equipamiento o tecnología: el salto de la línea de inversión (de 800.000 euros en 2025 a 3.800.000 en 2026) amplía el mercado de reformas, vehículos adaptados, equipamiento asistencial y digitalización de centros, cuya ejecución corresponde a las entidades beneficiarias.
Si eres contribuyente que marca la casilla solidaria: confirma que el dinero recaudado vía 0,7 % se traduce en crédito efectivo en Aragón, aunque con un desfase temporal entre el reparto estatal y la resolución definitiva de las ayudas.
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Importe máximo anterior | 9.612.607,18 € |
| Nuevo importe máximo | 13.264.223,23 € |
| Incremento aplicado | +3.651.616,05 € (≈38 %) |
| Gasto corriente (sociosanitario y educativo/laboral) | 9.464.223,23 € |
| Inversión total | 3.800.000,00 € |
| Obras, equipamiento y vehículos adaptados (C.33 y C.34) | 3.000.000,00 € |
| Infraestructura tecnológica y digitalización (C.35) | 800.000,00 € |
| Asignación territorial del Estado a Aragón | 13.083.613,20 € |
| Ajuste por recursos de reposición de 2025 | −1.728,64 € |
| Reintegros de convocatorias anteriores | +182.338,67 € |
| Fecha de la orden | 16 de octubre de 2026 |
| ¿Abre plazo de solicitudes? | No |
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 2026 | Abril | Se publica la convocatoria con un importe máximo de 9.612.607,18 euros y 20 días hábiles de plazo. |
| 2026 | Septiembre | El Consejo de Ministros aprueba el reparto territorial del 0,7 % y asigna 13.083.613,20 euros a Aragón. |
| 2026 | Octubre | Se contabiliza la ampliación de crédito de 3.651.616,05 euros financiada con mayores ingresos. |
| 2026 | Octubre | La orden de modificación eleva el techo de la convocatoria a 13.264.223,23 euros. |
| 2026 | Octubre-noviembre | La norma se publica en el Boletín Oficial de Aragón sin abrir nuevo plazo de solicitudes. |
| 2028 | Febrero | Finaliza el plazo para justificar los programas subvencionados en esta convocatoria. |
El 0,7 % del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades es un mecanismo por el que la ciudadanía decide cada año qué parte de su tributación se destina a fines sociales. El Estado reparte ese crédito entre las comunidades autónomas en el Consejo Territorial de Servicios Sociales y, una vez confirmado el montante, cada gobierno autonómico adapta su convocatoria ya publicada mediante una orden de ampliación.
No es una práctica nueva: en 2024 el importe pasó de 9.609.296,46 a 10.621.231,50 euros y en 2025 se elevó hasta 11.500.028,45 euros. La diferencia de este ejercicio es el volumen del refuerzo y, sobre todo, el salto de la línea de inversión, que multiplica por más de cuatro el dinero disponible para obras, equipamiento y digitalización de centros sociales.
Con el crédito ya fijado, la comisión de valoración y el órgano instructor pueden cerrar la propuesta de resolución definitiva con un techo económico notablemente mayor, sin necesidad de volver a convocar ni reabrir el plazo de solicitudes. Los programas de inversión incluyen una regla de flexibilidad: si sobra dinero en las líneas de obras y equipamiento, ese excedente se podrá reasignar a la línea tecnológica, y al contrario.
En el calendario quedan hitos relevantes: la publicación de la resolución y el reparto efectivo entre entidades, la ejecución de los programas y la justificación de los gastos, con fecha límite del 28 de febrero de 2028. A partir de ahí, la mirada se trasladará al reparto estatal del 0,7 % para el ejercicio 2027, del que dependerá si esta tendencia al alza se consolida.
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