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Lo que pasó: Se declara la jubilación por petición propia del notario de Alicante. 🗂️
A quién afecta: Al titular de esa notaría, a los usuarios de la plaza y al sector notarial alicantino. 👥
Cuándo cambia/ocurre: Resolución de 25 de septiembre de 2026, con efectos desde ese momento. 📅
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha dictado una resolución, fechada el 25 de septiembre de 2026, por la que se declara la jubilación forzosa del notario destinado en Alicante. El propio profesional lo había solicitado, amparándose en el artículo 57 del Reglamento Notarial y en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, que regula la jubilación de los notarios. ✅
El acuerdo no solo declara la jubilación, sino que además deja sin efecto, desde ese mismo momento, la resolución de 4 de octubre de 2024 que había autorizado la prolongación de su permanencia en el servicio activo. La Dirección General actúa en uso de las facultades que le atribuye el artículo 7.1.h) del Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero. 🔏
🔹 Causa 1: La decisión parte de una instancia del propio notario, es decir, es una jubilación solicitada voluntariamente por el titular de la plaza y no una medida disciplinaria ni un cese impuesto por la Administración.
🔹 Causa 2: El marco legal permite que un notario que había visto prorrogada su permanencia en activo pueda después cerrar esa etapa. La Ley 29/1983 y el Reglamento Notarial fijan la edad y los supuestos de jubilación, y admiten que el interesado solicite el fin de la prolongación.
🔹 Causa 3: El Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, atribuyó expresamente a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública la competencia para resolver estos expedientes, lo que da cobertura jurídica a la resolución ahora adoptada.
🔹 Causa 4: La prórroga de 2024 tenía carácter temporal y reversible. Al cesar la causa que la sostenía, la Administración debía dejar sin efecto aquel acuerdo para evitar que la situación de prolongación siguiera formalmente vigente. ⚖️
Si eres usuario de esa notaría: el titular deja de estar en servicio activo, por lo que los asuntos pendientes y las nuevas citas deberán tramitarse conforme a la organización que establezca la notaría y la demarcación correspondiente mientras se resuelve la cobertura de la plaza. 🧾
Si eres vecino o empresario de Alicante: la plaza queda vacante y su provisión se resolverá por los cauces ordinarios de la carrera notarial, un proceso que puede suponer cambios temporales de referencia profesional en el municipio.
Si eres opositor o profesional del sector: la vacante generada en Alicante abre una oportunidad en el reparto de plazas notariales y altera la planificación de destinos de los próximos concursos. 📈
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Fecha de la resolución | 25 de septiembre de 2026 |
| Órgano que resuelve | Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública |
| Norma habilitante | Art. 7.1.h) del Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero |
| Base legal de la jubilación | Art. 57 del Reglamento Notarial y art. primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre |
| Resolución que queda sin efecto | La de 4 de octubre de 2024, sobre prolongación de permanencia en activo |
| Alcance territorial | Notaría de Alicante (Comunidad Valenciana) |
| Origen del expediente | Instancia del propio notario interesado |
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 1983 | Diciembre | La Ley 29/1983 fija el régimen de jubilación de los notarios y su aplicación al colectivo. |
| 2024 | Febrero | El Real Decreto 204/2024 atribuye a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública la competencia en estas resoluciones. |
| 2024 | Octubre | Una resolución de 4 de octubre autoriza la prolongación de la permanencia en el servicio activo del notario. |
| 2026 | Septiembre | El notario presenta su instancia y la Dirección General declara su jubilación forzosa el día 25. |
| 2026 | Octubre | La resolución adquiere difusión pública y despliega su eficacia efectiva sobre la plaza de Alicante. |
La jubilación de los notarios no funciona como la del resto de trabajadores: está tasada por ley y su verificación corresponde a la Administración, que dicta una resolución formal en cada caso. Por eso existen figuras como la prolongación de la permanencia en el servicio activo, una prórroga temporal que permite seguir al frente de la notaría más allá de la edad ordinaria si se cumplen determinados requisitos. 🔎
La clave de esta resolución es que la prórroga concedida en octubre de 2024 no era definitiva, sino reversible: al solicitarlo el propio interesado, la Administración debe cerrarla expresamente para que no quede un acuerdo vigente sin sustento. Esto explica que una única resolución haga dos cosas a la vez, declarar la jubilación y dejar sin efecto la prórroga anterior.
Con la jubilación declarada, la notaría de Alicante queda sin titular en servicio activo y se abre el procedimiento ordinario para su provisión dentro de la organización notarial, un trámite que se resolverá mediante los concursos y adjudicaciones previstos en la normativa. 📍
Hasta que la plaza se cubra de forma definitiva, la atención de los asuntos del área seguirá los cauces de sustitución y organización interna que determine la demarcación. El sector, además, estará atento a la próxima convocatoria de destinos, donde esta vacante puede convertirse en una de las plazas más solicitadas de la Comunidad Valenciana. ⏭️
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