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Actualidad y Política

⏱️ Alcorcón levanta el tope de 80 horas extraordinarias al personal funcionario hasta finales de 2027 🏛️

Fecha: 25/10/2026
El Pleno del Ayuntamiento de Alcorcón deja temporalmente sin efecto el límite anual de 80 horas extra, aplicable solo a personal funcionario y solo a horas justificadas por necesidades reales del servicio, con controles intactos y revisión tras la llegada de los nuevos agentes de Policía Municipal.

⚡ EN 1 MINUTO

Lo que pasó: 🗓️ Alcorcón suspende el límite de 80 horas extraordinarias anuales.

A quién afecta: 👥 Exclusivamente al personal funcionario del Ayuntamiento, no al personal laboral.

Cuándo cambia/ocurre: ⏳ Desde ya y hasta el 31 de diciembre de 2027, con retroacción a todas las horas de 2026 y 2027.



📌 ¿Qué ha pasado?

El Pleno del Ayuntamiento de Alcorcón, en sesión ordinaria del 30 de septiembre de 2026, aprobó la suspensión temporal del artículo 52.b) del Acuerdo sobre condiciones de trabajo del personal funcionario, el apartado que fijaba que no podrían realizarse más de ochenta horas extraordinarias al año, computadas de 1 de enero a 31 de diciembre. El acuerdo se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 23 de octubre de 2026, tras la firma del documento el 14 de octubre. 📄

La medida no elimina el artículo 52, sino solo ese inciso concreto del límite cuantitativo: el resto de la regulación sigue vigente, con autorización previa, acreditación, fiscalización, registro diario, totalización mensual y abono por nómina. La suspensión decae automáticamente el 1 de enero de 2028, salvo nuevo acuerdo tras negociación colectiva. 🔍



🔍 ¿Por qué ha ocurrido esto?

🔹 Causa 1: La necesidad de cubrir servicios con personal insuficiente. El propio acuerdo admite que la suspensión se limita a las horas que respondan a necesidades reales del servicio debidamente justificadas, lo que apunta a una plantilla que no llega a cubrir toda la actividad ordinaria y extraordinaria. 🧩

🔹 Causa 2: El calendario de incorporación de nuevos efectivos. El texto fija una revisión expresa de la evolución de las necesidades del servicio una vez se produzca la incorporación operativa de los nuevos agentes de Policía Municipal, señal de que la plantilla policial está en proceso de ampliación. 👮

🔹 Causa 3: El marco legal permite esta vía. El Estatuto Básico del Empleado Público contempla la negociación colectiva y los acuerdos de condiciones de trabajo, de modo que la corporación y la Mesa de Funcionarios pudieron pactar la excepción temporal y darle cobertura formal con publicación oficial. ⚖️



👥 ¿En qué te afecta a ti?

Si eres funcionario municipal: Podrás realizar horas extraordinarias por encima de las 80 anuales siempre que estén autorizadas y justificadas, pero ese exceso no genera derecho automático a cobrarlas ni consolida una práctica futura: la excepcionalidad y la voluntariedad siguen siendo la regla. 💼

Si eres vecino o usuario de los servicios municipales: La medida busca que los servicios no se interrumpan por falta de personal, con especial atención a la seguridad ciudadana y a los servicios que operan fuera de horario ordinario. 🏙️

Si trabajas como personal laboral: El acuerdo no te alcanza: la suspensión se aplica exclusivamente al personal funcionario, de modo que tu régimen de horas extraordinarias no cambia. 🚫



📊 Los datos clave

Dato / ConceptoDetalle
Límite suspendido80 horas extraordinarias al año (art. 52.b)
Ámbito subjetivoSolo personal funcionario
Vigencia de la suspensiónHasta el 31 de diciembre de 2027
Horas afectadasTodas las realizadas en 2026 y 2027
Restablecimiento del límiteAutomático el 1 de enero de 2028
Compromiso de empleo1 puesto de trabajo por cada 800 horas anuales en un mismo servicio y categoría
Publicación oficialBOCM de 23 de octubre de 2026


📅 Cronología

AñoMesResumen
2026SeptiembreLa Mesa de Funcionarios acuerda el texto el día 3 y el Pleno del Ayuntamiento aprueba la suspensión el día 30.
2026OctubreEl acuerdo se formaliza el día 14 y el BOCM lo publica el 23.
2026Enero-diciembreTodas las horas extraordinarias del ejercicio quedan cubiertas por la suspensión del tope.
2027Todo el añoLa suspensión sigue vigente y se revisa en el órgano paritario según la llegada de nuevos efectivos de Policía Municipal.
2028EneroEl límite de 80 horas recupera automáticamente su aplicación salvo nuevo acuerdo negociado.


🧠 El contexto: Lo que hay que saber para no perderse

Las horas extraordinarias en la administración local tienen carácter excepcional y solo pueden realizarse por necesidades del servicio, con autorización y control del gasto. El acuerdo municipal recuerda que se mantienen íntegros los mecanismos de fiscalización, el registro diario y la totalización mensual, así que la suspensión afecta al cuánto, no al cómo. 🧾

El texto incorpora además dos salvaguardas relevantes: las emergencias y supuestos de fuerza mayor siguen tramitándose por la vía excepcional ya prevista, y se conserva el compromiso de crear un puesto de trabajo por cada 800 horas anuales realizadas en un mismo servicio y categoría profesional, una fórmula que vincula el volumen de horas a la creación de empleo estructural. ⚖️



🔮 ¿Qué va a pasar ahora?

El Ayuntamiento someterá la aplicación de la medida a seguimiento en el órgano paritario correspondiente, con la información y los registros ya existentes. La revisión de fondo llegará cuando se produzca la incorporación operativa de los nuevos efectivos de Policía Municipal, momento en el que se evaluará si las necesidades del servicio siguen exigiendo este margen adicional. 🗓️

En todo caso, el 1 de enero de 2028 el tope de 80 horas volverá a aplicarse de forma automática, de modo que cualquier prórroga exigiría un nuevo acuerdo previa negociación colectiva. Cualquier exceso sobre el límite actual no consolida derechos individuales ni se reconoce por sí solo: cada hora deberá seguir autorizándose y justificándose. ✅

Aviso de generación: Contenido elaborado automáticamente mediante Inteligencia Artificial (IA) a partir de datos públicos oficiales. La IA puede cometer errores o imprecisiones, por lo que se recomienda consultar las fuentes oficiales originales a continuación:

📌Fuentes consultadas (2)

BOCM (Comunidad de Madrid)
BOCM-20261023-65 - – Alcorcón. Personal. Acuerdo personal
Fecha: 23/10/2026
Ir a la fuente↗
BOCM (Comunidad de Madrid)
BOCM-20261023-65 - – Alcorcón. Personal. Acuerdo personal
Fecha: 23/10/2026
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España > Madrid > Madrid > Alcorcón