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Lo que pasó: Ador ha aprobado definitivamente la modificación de la ordenanza que regula el uso y la organización de su cementerio municipal.
A quién afecta: A titulares de nichos y columbarios, vecinos del municipio y empresas funerarias.
Cuándo cambia: La nueva normativa entrará en vigor al cumplirse quince días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
El Ayuntamiento de Ador ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia del 1 de septiembre de 2026 la aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza municipal reguladora de los usos y organización del cementerio. El anuncio, firmado por la alcaldesa el 21 de agosto, explica que no se ha presentado ninguna reclamación durante el plazo de exposición al público, por lo que el acuerdo inicial del Pleno queda elevado automáticamente a definitivo.
El texto íntegro de la norma se ha hecho público para general conocimiento. La ordenanza regula desde las funciones del personal y la limpieza hasta el régimen de concesiones de nichos y columbarios, el derecho funerario, el Libro Registro y los procedimientos de inhumación, exhumación y traslado. También contempla que el cementerio, como es tradicional, permanezca abierto las 24 horas, aunque permite fijar un horario si las circunstancias lo aconsejan.
🔹 Actualización del marco municipal: Ador necesitaba adaptar su ordenanza a la normativa valenciana de policía sanitaria mortuoria, en especial a los plazos y condiciones para inhumar, exhumar y trasladar restos, así como a la realidad de los columbarios y las concesiones a 75 años.
🔹 Un trámite sin alegaciones: La modificación se sometió a información pública en cumplimiento de la Ley de Bases de Régimen Local. Al no presentarse reclamaciones, el ayuntamiento no necesita un nuevo acuerdo plenario: la norma queda aprobada de forma definitiva y debe publicarse íntegramente para que pueda entrar en vigor.
🔹 Contexto general de modernización: No es un caso aislado. Otros ayuntamientos valencianos, como Sueca, Oliva, Bicorp, Alginet o Náquera, han aprobado o modificado en los dos últimos años sus propias ordenanzas de cementerio para ajustar horarios, tasas, medidas sanitarias o normas de convivencia.
Si eres titular de un nicho o columbario: La concesión se mantiene como un derecho de uso sobre dominio público por un plazo de 75 años y no puede venderse de forma particular. Deberás conservar la unidad en buen estado y, si quieres cambiar una lápida o hacer obras, tendrás que pedir autorización municipal.
Si eres vecino de Ador: Podrás seguir accediendo al cementerio en horario libre mientras el ayuntamiento no decida otra cosa, y tendrás derecho a recibir información sobre el funcionamiento del servicio y la normativa aplicable.
Si gestionas un sepelio o trabajas en una funeraria: Deberás respetar los plazos mínimos de inhumación (24 horas desde el fallecimiento), las condiciones de los féretros y los requisitos sanitarios para exhumaciones y traslados, que ahora quedan más detallados.
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Publicación oficial | 1 de septiembre de 2026 (BOP de Valencia) |
| Reclamaciones presentadas | Ninguna |
| Duración de la concesión | 75 años |
| Acceso al cementerio | 24 horas, salvo decisión en contra |
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 2026 | Agosto | La alcaldesa firma el anuncio municipal con la aprobación definitiva. |
| 2026 | Septiembre | El BOP publica el texto íntegro de la ordenanza para general conocimiento. |
| 2026 | Septiembre | La norma entra en vigor al vencer los quince días hábiles posteriores a la publicación. |
El cementerio municipal de Ador es un bien de dominio público adscrito a un servicio público, enmarcado en el deber de control sanitario y policía mortuoria que corresponde a los ayuntamientos según la Ley 3/2003 de Ordenación Sanitaria de la Comunitat Valenciana y el Decreto 39/2005, que regula las prácticas de policía sanitaria mortuoria.
La renovación de estas normas municipales se ha convertido en una constante en la provincia. Sueca, por ejemplo, ha actualizado su reglamento para autorizar la entrada de animales de compañía con correa y bozal y para cerrar el camposanto ante alertas meteorológicas; Oliva, Bicorp, Alginet y Náquera también han aprobado definitivamente ordenanzas o modificaciones en 2026.
La ordenanza entrará en vigor de forma inminente, una vez transcurridos los quince días hábiles desde su publicación en el BOP. A partir de entonces, los titulares de concesiones anteriores deberán estar atentos al nuevo régimen de plazos y renovaciones: quienes no hayan fijado una duración concreta verán su derecho limitado a 75 años desde la entrada en vigor, y durante el último año podrán solicitar la renovación.
Contra el acuerdo de aprobación definitiva cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses desde la publicación del anuncio, según consta en la propia notificación municipal.
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